Autoridades y personal. . (2023/55-32)
Resolución de 17 de marzo de 2023, del Defensor del Pueblo Andaluz, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales para el nombramiento de un Asesor Técnico o de una Asesora Técnica al servicio del Defensor del Pueblo Andaluz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Miércoles, 22 de marzo de 2023

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Octava. Nombramiento y toma de posesión.
Una vez nombrada la persona que resulte seleccionada, la toma de posesión habrá de
efectuarse dentro del plazo de un mes, a contar desde que le sea notificada la resolución
de nombramiento efectuada por el Defensor del Pueblo Andaluz. Dentro de dicho plazo
se resolverá su situación funcionarial o laboral para incorporarse en esta institución del
Defensor del Pueblo Andaluz en la situación regulada por la legislación vigente, artículo
34.2 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, y artículos 27
a 30 de su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Si no existieran personas candidatas que se consideren idóneas, a juicio de la
Comisión de valoración o del Defensor del Pueblo Andaluz, la plaza se declarará desierta,
previo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior.
En caso de resultar necesario efectuar nuevos nombramientos para plazas de
asesoría técnica en los dos años siguientes a la fecha de toma de posesión de la persona
que resulte seleccionada, el Defensor del Pueblo Andaluz podrá, si lo estima conveniente,
nombrar a alguna de las personas que habiendo sido propuestas por la comisión no
hayan sido nombradas tras el presente proceso de valoración.
Novena. Protección de datos de carácter personal.
Los datos personales aportados por las personas candidatas serán tratados por el
Defensor del Pueblo Andaluz para gestionar el proceso selectivo, incorporándolos a la
actividad de tratamiento relativa a la «Provisión de puestos de trabajo y convocatorias de
becas». Podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad,
de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, dirigiendo
escrito al Defensor del Pueblo Andaluz, C/ Reyes Católicos, 21, 41001 Sevilla, o a través
de la sede electrónica https://sede-electronica.defensor-and.es
Información adicional:
https://www.defensordelpuebloandaluz.es/indiceinventariodeactividadesdetratamiento
Décima. Posibilidad de impugnación.
Las resoluciones de la Comisión de valoración y sus actos de trámite, que se estime
hayan producido indefensión, podrán ser impugnados mediante recurso ante el Defensor
del Pueblo Andaluz en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al
de su publicación.

00280360

Sevilla, 17 de marzo de 2023.- El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu Gregorio
de Tejada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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