Autoridades y personal. . (2023/55-32)
Resolución de 17 de marzo de 2023, del Defensor del Pueblo Andaluz, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales para el nombramiento de un Asesor Técnico o de una Asesora Técnica al servicio del Defensor del Pueblo Andaluz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Miércoles, 22 de marzo de 2023

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2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ
Resolución de 17 de marzo de 2023, del Defensor del Pueblo Andaluz, por la
que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias
profesionales para el nombramiento de un Asesor Técnico o de una Asesora
Técnica al servicio del Defensor del Pueblo Andaluz.
La normativa reguladora de la adscripción de personal al servicio del Defensor del
Pueblo Andaluz (artículos 33 y 34 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del
Pueblo Andaluz; artículos 27 a 30 del Reglamento de Organización y Funcionamiento
del Defensor del Pueblo Andaluz, aprobado por la Mesa del Parlamento de Andalucía;
Estatuto de Personal del Defensor del Pueblo Andaluz y demás normativa de aplicación),
establece que el Defensor del Pueblo Andaluz designa libremente a las/os Asesoras/es
necesarias/os para el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, señala que el personal al servicio del Defensor del Pueblo Andaluz, y mientras
permanezca en el mismo, tiene la consideración de personal al servicio del Parlamento de
Andalucía, sin perjuicio de su dependencia orgánica y funcional del Defensor del Pueblo
Andaluz. La selección del personal al servicio del Defensor del Pueblo Andaluz se realiza
por éste libremente, con arreglo a los principios de mérito y capacidad, y procurando dar
prioridad en su nombramiento a funcionarias y funcionarios públicos. Las Asesoras y los
Asesores del Defensor del Pueblo Andaluz prestan a la persona titular de la Institución y
a las de sus Adjuntías la cooperación técnico-jurídica necesaria para el cumplimiento de
sus funciones y cesan automáticamente en el momento de la toma de posesión del/de la
Defensor/a del Pueblo Andaluz nombrado/a por el Parlamento.
En virtud de lo dispuesto en esta normativa, el Defensor del Pueblo Andaluz ha
resuelto convocar un procedimiento previo de evaluación y acreditación de la idoneidad
de candidaturas, en aras de la transparencia en la actividad pública, para la posterior
designación entre ellas de un Asesor Técnico o de una Asesora Técnica, para prestar sus
servicios de forma preferente en la Secretaría General de la Institución.
Por consiguiente, el objeto del presente procedimiento es la selección, por una Comisión
de valoración especializada, de personas que acrediten conocimientos y experiencia
profesional en las materias y ámbitos de actividad indicados en la base primera de la presente
convocatoria. Las personas seleccionadas en este procedimiento serán convocadas
posteriormente a una entrevista con el Defensor del Pueblo Andaluz, quien libremente y
según su criterio podrá designar a una de ellas Asesor Técnico o Asesora Técnica.
La presente convocatoria se ajustará a las siguientes:

Primera. Denominación de la plaza.
De acuerdo con las funciones de defensa de los derechos y supervisión de la
actividad administrativa que atribuyen al Defensor del Pueblo Andaluz los artículos 41
y 128 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y la Ley 9/1983, de 1 de diciembre,
reguladora de esta institución, la persona que resulte seleccionada, la plaza convocada
en este proceso se denomina Asesoría Técnica y se encuentra adscrita a la Secretaría
General en el Defensor del Pueblo Andaluz.
La persona seleccionada, tras este procedimiento de evaluación y acreditación de
competencias profesionales, habrá de acreditar estar familiarizada con la actividad de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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