3. Otras disposiciones. . (2023/55-42)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la relación de residencias escolares de titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía en las que se va a llevar a cabo el procedimiento de selección de Directoras y Directores, así como el calendario de dicho procedimiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Miércoles, 22 de marzo de 2023

página 5234/2

Este requisito, en el caso del personal dependiente del ámbito de gestión de la Junta de
Andalucía, quedará acreditado de oficio por la Administración, no debiendo aportar el
personal participante documentación alguna.
Cuarto. Solicitudes y documentación.
1. El personal aspirante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud mediante la
aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones
que en la misma se incluyen, y que habrá de firmarse y presentarse electrónicamente.
Todo ello a través del portal docente de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente/).
Las personas interesadas deberán disponer para ello de un certificado electrónico
reconocido, expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación
cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo,
la solicitud se podrá cumplimentar utilizando el Usuario Idea para acceder al portal
docente y la Tarjeta DIPA para la firma. No se tendrán en cuenta las solicitudes que no
completen el proceso de presentación establecido. Las personas solicitantes deberán
obtener y conservar el resguardo del registro electrónico de la solicitud para cualquier
comprobación que proceda realizar sobre la misma.
2. A las solicitudes habrá de adjuntarse la documentación que se relaciona, que se
insertará en formato pdf unido a la solicitud telemática.
a) Proyecto de dirección conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la Orden de 23 de
abril de 2013, adaptado a la residencia escolar a cuya dirección se opta.
b) Documentación acreditativa de cuantos méritos académicos y profesionales se
aleguen para su valoración, de acuerdo con lo establecido en el Anexo III de la referida
Orden de 23 de abril de 2013.
Quinto. Los requisitos a que se refiere el apartado tercero de la presente resolución,
así como los méritos alegados, habrán de estar perfeccionados en la fecha de terminación
del plazo de presentación de solicitudes.

Séptimo. Valoración de las candidaturas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 23 de abril de 2013,
corresponde a las Comisiones Provinciales de Selección la valoración del proyecto de dirección
y de los méritos, tanto académicos como profesionales, aportados por la distintas candidaturas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280350

Sexto. Admisión de solicitudes y plazo de alegaciones.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las Comisiones
Provinciales de Selección verificarán el cumplimiento de los requisitos de participación
de las personas aspirantes, procediendo a publicar, en el portal web de la Delegación
Territorial correspondiente, la relación provisional de candidaturas admitidas y excluidas,
en su caso, con expresión de las causas de exclusión, en los plazos a que se refiere el
calendario que figura como Anexo II de esta resolución.
Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de la
citada publicación, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del siguiente al de publicación de la relación anteriormente aludida, para
que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga, siguiendo el
formulario establecido al efecto en el portal docente de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente).
Una vez consideradas las alegaciones que se hubieran presentado, las Comisiones
Provinciales de Selección, elevarán a definitiva la relación de candidaturas admitidas y
excluidas, en su caso, con expresión de las causas de exclusión, procediendo a publicar
dicha relación en el portal web de la Delegación Territorial correspondiente, en la fecha a
que se refiere el calendario que figura como Anexo II de esta resolución.
La publicación de las referidas relaciones servirá de notificación a las personas
interesadas, conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.