5. Anuncios. . (2023/55-71)
Anuncio de 16 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad sobre el pago de expedientes de expropiación forzosa que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Miércoles, 22 de marzo de 2023

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 16 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad
sobre el pago de expedientes de expropiación forzosa que se cita.

Aprobado el expediente de expropiación, de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras de mejora de la seguridad vial en la carretera A-352 de Cuevas del Almanzora
a Garrucha, del p.k. 3+500 al p.k. 5+000.l, t.m. de Vera (Almería), Clave: 2-AL-1780-0.0.0SV,
y una vez hecho efectivo el libramiento para el pago del percibo de 11.578,59 €, importe del
Mutuo Acuerdo, Remesa núm. 1, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los
titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de
la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, modificado por disposición
adicional 10 de la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre.
Para el percibo de las cantidades que le corresponden mediante transferencia
bancaria y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, modificado
por disposición adicional 10 de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, y de los artículos 52
y siguientes del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y
de la gestión recaudatoria, se deberá de presentar la documentación que se detalla a
continuación en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en el plazo de 15 días a computar desde el día siguiente a la presente notificación.
Le comunico a estos efectos que el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía
está accesible en la siguiente sede electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/servicios.html
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono
íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario,
indicando la cantidad que le corresponde a cada uno, acreditando el porcentaje de
participación de cada uno de ellos, y, en su defecto, conste en el expediente autorización
expresa para que figure en la propuesta contable uno de ellos.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o pasaporte y adjuntar fotocopia del mismo).
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretaria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho Poder, así como
fotocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia compulsada de
la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su
nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280253

PAGO DE EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN