Autoridades y personal. . (2023/54-47)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía, y se aprueba el programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Martes, 21 de marzo de 2023

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nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de
Andalucía.
1.5. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del
Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de
Andalucía (A1.6000).
En el caso de ser la persona aspirante nacional, a su vez, de otro Estado, no hallarse
inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o
equivalente que impida en otro Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 4 de la base octava, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa
conforme a lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.

Cuarta. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el
Anexo III de la presente resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercera. Participación de personas con discapacidad.
1. Las personas aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las
necesarias adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios de la
oposición, manifestándolo en el apartado «Turno de participación, exenciones al pago de
la tasa y adaptaciones» de su solicitud.
Para ello será necesario:
1.1. Tener oficialmente reconocida discapacidad igual o superior al 33%.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.3. Incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el
que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus
circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.
2. La comisión de selección examinará y valorará las adaptaciones solicitadas
resolviendo lo que en cada caso proceda.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
3. La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la
página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/
institutodeadministracionpublica).