Autoridades y personal. . (2023/53-37)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso de acceso plazas de cuerpos docentes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

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Quinta. Comisiones Evaluadoras de Acceso.
La composición de las Comisiones encargadas de resolver el concurso de acceso es
la que figura en el Anexo I de la presente convocatoria, cuyo nombramiento ha realizado
este Rectorado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 6 de Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y en el artículo 25 de los Estatutos de la Universidad
de Córdoba. Los currículos de los miembros de las citadas Comisiones se encuentran
publicados en la página web de la Universidad de Córdoba, en el Portal del Personal/
Convocatorias de Empleo PDI (Personal docente funcionario).
El nombramiento como miembro de la Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado. Los miembros
de la Comisión deberán abstenerse de actuar cuando concurra causa justificada de
alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la
ley citada. Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención o recusación que pudiera
haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos por sus respectivos
suplentes. En el supuesto excepcional de que también en el miembro suplente de que se
trate concurriese alguna de las circunstancias de impedimento citadas anteriormente, su
sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes.
Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rectorado de la Universidad de Córdoba
procederá al nombramiento de nuevo titular y suplente conforme al procedimiento
establecido en los Estatutos al objeto de cubrir la vacante producida. Dentro del plazo
máximo de dos meses, computado a partir del día siguiente a la publicación de la lista
definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso, deberá constituirse la Comisión
con la totalidad de sus miembros.
Asimismo, el Presidente procederá a dictar Resolución, que deberá ser notificada con
al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los candidatos admitidos
al concurso para el acto de presentación, fijando fecha, hora y lugar de celebración del
mismo. De la recepción de dicha notificación por parte de los interesados deberá quedar
constancia debidamente acreditada.
Los miembros Titulares que no concurrieran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidos por sus respectivos suplentes.
Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, éste será
sustituido por el profesor más antiguo conforme al siguiente orden de prelación de
cuerpos docentes universitarios: Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de
Universidad o Catedráticos de Escuelas Universitarias.
En el caso de ausencia del Secretario, éste será sustituido por el profesor más
moderno en orden de prelación de cuerpo inverso al indicado anteriormente.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al
menos, tres de sus miembros.
Los miembros de la Comisión que estuvieran ausentes en la comparecencia
correspondiente a algunos de los candidatos cesarán en su calidad de miembros de la
misma, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.
Si una vez constituida la Comisión ésta quedara con menos de tres miembros, se
procederá al nombramiento de una nueva Comisión por el procedimiento normativamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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se presentará mediante Solicitud Genérica a través del Registro electrónico de la
Universidad de Córdoba, a la que se puede acceder en el siguiente enlace
https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=24.
Transcurrido este plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas
las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución, elevando a
definitiva la lista de aspirantes, que será publicada en el BOUCO.