Disposiciones generales. . (2023/53-4)
Extracto de Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las escuelas-hogar, para facilitar la escolarización del alumnado cuyas situaciones personales o familiares aconsejen su acogida en régimen de familia sustitutoria, para el curso escolar 2023/24.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Extracto de Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de
Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se efectúa la
convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las
escuelas-hogar, para facilitar la escolarización del alumnado cuyas situaciones
personales o familiares aconsejen su acogida en régimen de familia sustitutoria,
para el curso escolar 2023/24.
BDNS (Identif): 680879.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el curso escolar 2023/24 subvenciones, en la modalidad de
concesión en régimen de concurrencia competitiva, a las escuelas-hogar para facilitar
la escolarización del alumnado cuyas situaciones personales o familiares aconsejen su
acogida en régimen de familia sustitutoria.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las escuelashogar existentes a la entrada en vigor de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de
Educación de Andalucía, e inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Consejería
competente en materia de educación, que se encuentran en dicho Registro con el estado
«En funcionamiento».
Tercero. Objeto.
Las presentes subvenciones tienen por objeto incentivar a escuelas-hogar para
facilitar la escolarización del alumnado de educación primaria, educación secundaria
obligatoria, formación profesional básica y programas específicos de formación
profesional, cuyas situaciones personales o familiares aconsejen su acogida en régimen
de familia sustitutoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Financiación y cuantía de las subvenciones.
La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a los créditos ordinarios
contemplados en el Presupuesto de Gastos de la Consejería competente en materia de
educación, programa presupuestario 42F.
La cuantía total máxima de las subvenciones es de 7.337.992,58 euros. Las
subvenciones se imputarán a la aplicación presupuestaria 11.00.01.00.0500.487.01.42F,
con el siguiente detalle:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280044

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria de estas subvenciones se regirá por la Orden de 2
de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las escuelas-hogar (BOJA núm.
72, de 16 de abril de 2020).