5. Anuncios. . (2023/53-60)
Anuncio de 15 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de toma de conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de la subsanación de deficiencias de la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Villafranca de Córdoba.
17 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

página 5031/2

ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía, en materia
de ordenación del territorio y urbanismo, la disposición adicional tercera del Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y la disposición adicional décima del
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que ser regula la Organización Territorial de
la Administración de la Junta de Andalucía, en base al informe emitido por el Servicio de
Urbanismo con fecha 16 de febrero de 2023, considera:
1. Que la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba
en sesión de 22 de noviembre de 2022, acordó la aprobación definitiva de la innovación
del Plan General de Ordenación Urbanística de Villafranca, relativa al establecimiento
de un nuevo sector de Suelo Urbanizable Ordenado Industrial PP-SI8, a reserva de la
simple subsanación de deficiencias (BOJA núm. 3, de 5 de enero de 2023), debiéndose,
una vez subsanadas y aprobadas por la Corporación Municipal, ser comunicadas a la
Delegación Territorial para su toma de conocimiento.
2. Que con fecha 27 de diciembre de 2022, tiene entrada en esta Delegación
Territorial oficio del Ayuntamiento de Villafranca comunicando la aprobación por el
Pleno del Ayuntamiento de la subsanación de deficiencias al Documento de Aprobación
Definitiva de la Innovación del PGOU relativa al establecimiento de un nuevo sector de
Suelo Urbanizable Ordenado Industrial PP-SI8, para su toma de conocimiento por la
Delegada Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
de conformidad con establecido en la disposición transitoria tercera de Ley 7/2021, de
1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, en relación
con el art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de
Andalucía (en adelante LOUA).
3. Que la tramitación del presente cumplimiento de resolución de la innovación del
Plan General de Ordenación Urbanística de Villafranca cumplimenta lo exigido en la
resolución de la CTOTU en cuanto a procedimiento, siendo éste el señalado por la CTOTU
de Córdoba, en sesión de 22 de noviembre de 2022, para subsanar las deficiencias que
motivaron el acuerdo de aprobación definitiva a reserva de la simple subsanación de
deficiencias de la referida innovación. En lo que se refiere a las determinaciones, cabe
entender subsanadas las deficiencias señaladas en el antes referido acuerdo de la
CTOTU de Córdoba.
En consecuencia se dispone lo siguiente:

Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento
de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y en la Unidad Registral de
esta Delegación Territorial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto
2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos
de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea
el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del
contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la
LOUA.
Córdoba, 15 de marzo de 2023.- La Delegada, Cristina Casanueva Jiménez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280083

Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la Resolución
de la CTOTU de 22 de noviembre de 2022, y cumplimentada la comunicación a esta
Delegación Territorial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b) de la
LOUA, según el informe del Servicio de Urbanismo de la presente Delegación Territorial
de 16 de febrero de 2023.