Autoridades y personal. . (2023/52-41)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan contratos postdoctorales para personas con titulación de Doctor, adscritas a la Unidad de Excelencia María de Maeztu, Instituto de Matemáticas de la Universidad de Granada.
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Número 52 - Viernes, 17 de marzo de 2023

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Adicionalmente, las personas solicitantes deberán enviar por correo electrónico a
imag@ugr.es, indicando en el campo de asunto la referencia «IMAG2023- Postdoctoral
fellowships» del contrato, una copia de la solicitud registrada.
La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para el tratamiento de
los datos personales de las personas solicitantes con la finalidad de la resolución de la
convocatoria, en el marco de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el consentimiento
para comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones o proveedores, por medios
electrónicos, la información sobre circunstancias de las solicitudes que, de acuerdo
con la convocatoria y la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del
procedimiento.
La presentación en el concurso implica la declaración de que los documentos y
méritos aportados son ciertos, pudiendo la Universidad de Granada solicitar en cualquier
momento previo o posterior a la evaluación de las solicitudes la aportación de la
documentación original acreditativa. La no aportación de la documentación requerida o la
comprobación de la existencia de falsedades en la documentación o méritos aportados,
facultará a la Universidad de Granada para iniciar las acciones legales que considere
oportunas contra la persona solicitante y en su caso la rescisión del contrato en el
supuesto de que le hubiera sido adjudicado.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al
de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria
y finalizará a las 23:59 GMT+2 del último día de plazo.
3. Comunicaciones entre la Universidad y los interesados.
Aquellos actos que deban ser notificados a las personas solicitantes se publicarán en
la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia
https://investigacion.ugr.es/recursos-humanos/otras-convocatorias/2023/imag
Esta publicación sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, conforme
a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, las fechas de publicación
de los distintos actos y resoluciones en dicha dirección web, serán las que determinen
el inicio del cómputo de plazos. La Universidad de Granada podrá requerir a la persona
interesada para que, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
advertencia de que si no lo hiciese, se le tendrá por desistida en la solicitud, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Resolución que se dicte a
este respecto se notificará a la persona interesada mediante el sistema previsto en el
párrafo anterior.
4. Revisión y subsanación de solicitudes.
La Oficina de Proyectos e Investigación será la unidad encargada de la revisión
administrativa de las solicitudes presentadas. En la web del Vicerrectorado de
Investigación y Transferencia se publicará la lista provisional de personas admitidas y
excluidas, concediéndose un plazo de 10 días hábiles desde dicha publicación para que
las personas interesadas subsanen los defectos, aporten la documentación requerida
o presenten las alegaciones que estimen pertinentes. Las personas solicitantes que no
aporten la documentación requerida o subsanen los defectos se considerarán desistidas
de su solicitud.
Posteriormente se publicará en la web del Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia de la UGR la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, remitiéndose
los expedientes a la Comisión de valoración.
Quinto. Valoración de las solicitudes.
Cada una de las solicitudes admitidas será evaluada (hasta un máximo de 100 puntos)
teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280018

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía