3. Otras disposiciones. . (2023/52-58)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre para la implementación de la subvención directa recibida por la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 672/2022, de 1 de agosto, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para promover y fomentar una mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 52 - Viernes, 17 de marzo de 2023

página 4864/8

e) La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento del objeto del convenio, en todo o
en parte, no imputable a ninguna de las partes.
Decimocuarta. Tratamiento de datos de carácter personal.
El tratamiento de datos personales incluidos en el presente convenio cumplirá las
exigencias previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
(Reglamento general de protección de datos); Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm.
294, de 6 de diciembre de 2018); y restante normativa sobre protección de datos de
carácter personal. Las partes se obligan a guardar secreto profesional respecto de
los datos, tanto de carácter personal como profesional, a los que tuvieran acceso y
vinculados a la participación en el marco del presente convenio, obligación que subsistirá
aún después de finalizar la vigencia del presente convenio, y establecerán las medidas
técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos
de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado
conforme a los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Decimoquinta. Efectos del convenio.
El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de marzo
de 2024. No obstante, en virtud de lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto
672/2022, se compensarán los gastos financiables recogidos en su artículo 6, realizados
por la entidad local desde el 24 de febrero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023. Se
podrá realizar una prórroga del convenio por mutuo acuerdo de las partes.
Decimosexta. Jurisdicción competente.
1. Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes firmantes de este
convenio serán sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
2. Las controversias que se planteen en materia de subvenciones serán resueltas
de acuerdo con la normativa aplicable a dicha materia y conforme a los procedimientos
previstos en ella, sin perjuicio del control por el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo de las decisiones que se adopten en vía administrativa.
En prueba de conformidad, los intervinientes firman electrónicamente el presente
convenio.

00279916

La Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Fdo.: María Dolores
López Gabarro; el Alcalde de Alhaurín de la Torre, Fdo.: Joaquín Villanova Rueda.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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