3. Otras disposiciones. . (2023/52-58)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre para la implementación de la subvención directa recibida por la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 672/2022, de 1 de agosto, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para promover y fomentar una mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 52 - Viernes, 17 de marzo de 2023

página 4864/5

de gastos corrientes y de personal derivados del desarrollo de las siguientes prestaciones
y actividades en que ha incurrido la entidad local:
a) El reforzamiento de los servicios de información y orientación que facilite el acceso
equitativo a los recursos sociales y a los servicios públicos o, en su caso, la creación de
nuevos dispositivos para este fin.
b) La prestación, directa o indirecta, de servicios de alojamiento o manutención a
las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania
que carezcan de los medios económicos suficientes en los alojamientos alternativos en
situaciones de crisis personal o familiar, que podrán ser de carácter temporal o indefinido,
de acuerdo con las circunstancias que lo determinen.
c) La prestación, directa o indirecta, de ayudas económicas destinadas a las personas
beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan
de medios económicos suficientes, como complemento a las prestaciones básicas de
alojamiento y manutención. Esta prestación no será financiable durante el periodo en el
que la persona perceptora esté recibiendo la ayuda económica directa a que pueda tener
derecho por reunir los requisitos establecidos en la normativa aprobada para garantizar la
cobertura de las necesidades básicas de estas personas.
d) La prestación, directa o indirecta, de servicios de conciliación, ocio y tiempo libre.
e) La prestación, directa o indirecta, de servicios de aprendizaje del castellano u otras
lenguas oficiales.
f) Los gastos de gestión que, sin estar directamente relacionados con las actuaciones
previstas en las letras a), b) y c), sean estrictamente necesarios para poder realizar tales
actuaciones. Las entidades beneficiarias podrán destinar hasta un 10% de la totalidad de
la cuantía que le corresponda por esta subvención a financiar dichos gastos.

ACTUACIONES FINANCIABLES
El reforzamiento de los servicios de información y
orientación que facilite el acceso equitativo a los
recursos sociales y a los servicios públicos o, en su
caso, la creación de nuevos dispositivos para este fin.
Gastos de Personal
Gastos corrientes
La prestación, directa o indirecta, de servicios de
alojamiento o manutención a las personas beneficiarias
de protección temporal afectadas por el conflicto en
Ucrania que carezcan de los medios económicos
suficientes en los alojamientos alternativos en
situaciones de crisis personal o familiar, que podrán ser
de carácter temporal o indefinido, de acuerdo con las
circunstancias que lo determinen.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

IMPORTE

NÚMERO DE PERSONAS
ATENDIDAS

15.480,00 €

18

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279916

Séptima. Solicitud y documentación justificativa.
La subvención concedida con la suscripción del presente convenio tiene el carácter
excepcional y singular, estando justificada su concesión directa conforme a lo establecido
en los artículos 22.2.c) y 28.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el artículo 2.3.c) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Con fecha 30 de enero de 2023, la entidad presentó solicitud de subvención por importe
de 28.248 €, acompañada de la certificación justificativa de la Secretaria, municipal de
los gastos correspondientes a las actuaciones financiables previstas en la cláusula sexta
del presente convenio realizadas desde el 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de la
solicitud. La certificación incluye el siguiente desglose de las cuantías destinadas a cada
una de las actuaciones financiables y el número de personas atendidas: