3. Otras disposiciones. . (2023/52-42)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Contratación, por la que se da publicidad a la instrucción 2/2023 en relación con los contratos públicos financiados con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA

CONSEJERÍA
ECONOMÍA,
HACIENDA
EUROPEOS
Boletín
OficialDEde
la Junta
deY FONDOS
Andalucía

Número 52 - Viernes, 17 de marzo de 2023

Dirección General de Contratación

página 4826/3

2/2022 en relación con los contratos públicos financiados con fondos procedentes del MRR en ejecución del
PRTR.
No obstante, con posterioridad a su firma se ha publicado la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa
al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el PRTR. Esta Orden
se dicta en aplicación de la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en relación con el análisis sistemático del
riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de adjudicación de contratos y concesión de subvenciones
que ejecutan el PRTR, basado en una herramienta informática de data mining (MINERVA), con sede en la Agencia
Estatal de Administración Tributaria de España.
Ese importante cambio normativo, así como la conveniencia de incorporar algunas previsiones adicionales
como consecuencia de la experiencia adquirida desde la firma de la Instrucción 2/2022, hacen necesario revisar
su contenido. Para mayor garantía y seguridad jurídica, se ha decidido dictar una nueva Instrucción que, junto a
las novedades apuntadas, integre el contenido de la Instrucción 2/2002, que por tanto queda sin efecto.
Las directrices generales que se recogen en esta Instrucción habrán de entenderse sin perjuicio de lo
establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de
26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP) y demás legislación contractual.
Por todo lo expuesto, y con el objetivo de aclarar las especialidades que supone la aplicación del MRR en
los procedimientos de contratación pública, a propuesta de la Oficina Técnica de coordinación de la contratación
con Fondos Europeos, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 9.6 b) del Decreto 153/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos, se aprueba la siguiente
INSTRUCCIÓN
PRIMERA.- Normativa aplicable a los contratos públicos financiados a través del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.



Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.



Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y
racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.



Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.



Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.



Decisión de Ejecución del Consejo (CID) relativa a la aprobación de la evaluación del plan de
recuperación y resiliencia de España, de 6 de julio de 2021.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279897

En los procedimientos de contratación pública que puedan recibir financiación a través del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (MRR) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR),
será de aplicación la siguiente normativa: