Autoridades y personal. . (2023/51-9)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida de la categoría de Facultativo/a Especialista-Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, a las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Jueves, 16 de marzo de 2023

página 4739/1

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación
indefinida de la categoría de Facultativo/a Especialista-Médico/a de Familia en
Unidades de Urgencia Hospitalaria, a las personas aspirantes que superaron
el proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, de la Agencia Pública
Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir.
De conformidad con lo establecido en las bases 12 y 13 del anexo de la Resolución
de 22 de julio de 2021, de la Agencia Publica Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir,
por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los
procesos selectivos de concurso oposición por el sistema de acceso libre, para cubrir
plazas vacantes de diversas categorías y especialidades con contrato laboral indefinido
(BOJA núm. 144, de 28 de julio de 2021, con correcciones de errores publicadas en el
BOJA núm. 194, de 7 de octubre de 2021), así como en la Resolución de 18 de noviembre
de 2021, de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo
Guadalquivir, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre,
para cubrir plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista-Médico/a de Familia
en Unidades de Urgencia Hospitalaria y se aprueban las bases específicas que han de
regir dicho proceso selectivo (BOJA núm. 226, de 24 de noviembre); y en uso de las
atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria
cuarta del Decreto 294/2021, de 28 de diciembre, por el que se disuelve la Agencia
Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, se designa órgano liquidador, se
establecen medidas en materia de personal y otras medidas organizativas de carácter
transitorio; y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 156/2022, de 9 de agosto (BOJA
extraordinario núm. 28, de 11 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General
RESU ELV E

Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo para la firma del contrato indefinido será de un mes improrrogable,
a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279818

Primero. Acordar la propuesta de contratación indefinida a las personas aspirantes
que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, de Facultativo/a
Especialista-Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, que se relacionan
en el anexo de esta resolución, con expresión del centro de destino adjudicado.
De conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de las bases generales,
las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados
por las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición y al orden
determinado por la puntuación obtenida en el mismo; y conforme a lo establecido en la
base 12.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de
lo establecido en la base 11.2 del anexo de las bases generales respecto a las personas
aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.