Autoridades y personal. . (2023/51-28)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 20 de febrero de 2023, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por el que se publica el extracto de la Normativa y Organización de la Prueba de Evaluación para el Acceso a la Universidad y para la realización de Pruebas de Bachillerato y Admisión para el curso 2022-2023.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica

Número 51 - Jueves, 16 de marzo de 2023

ANEXO II y III

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ORGANISMO:
Dirección General de Coordinación Universitaria



Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachillerato (BOE 30-07-2016).



Orden PCM/63/2023, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido
de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, y las fechas máximas de realización y de
resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2022-2023.



Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que
se hace público el Acuerdo de 9 de noviembre de 2022, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de
Andalucía, por el que se establecen los plazos, el calendario y el cálculo de notas de las pruebas de
evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad y de las pruebas de admisión que se celebrarán
en el curso 2022/2023.



Orden de 22 de diciembre de 1999, sobre la organización de la Prueba de Acceso a la Universidad. (BOJA
27-01-2000).

2.- COMISIÓN COORDINADORA INTERUNIVERSITARIA: CONSTITUCIÓN Y COMPETENCIAS
La Orden PCM/63/2023, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido
de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución
de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2022-2023, recoge en su artículo 12
sobre la organización de las pruebas que las administraciones educativas en colaboración con las universidades,
organizarán la realización material de la prueba. Asimismo, inicialmente, atribuye a las universidades las mismas
funciones y responsabilidades que tenían en relación con la anterior Prueba de Acceso a la Universidad, salvo que la
administración educativa correspondiente delimite dichas atribuciones. Como quiera que en Andalucía esa
delimitación no se ha producido, será la Comisión Coordinadora Interuniversitaria la que actúe a tenor de lo
establecido en la Orden de 22 de diciembre de 1999 sobre la organización de la Prueba de Acceso a la Universidad.
Por otro lado, el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los
procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado establece en el artículo 10 la
posibilidad de que para determinados colectivos se establezcan evaluaciones específicas de conocimientos y/o de
competencias. Por ello, las universidades públicas de Andalucía han acordado que sea también la Comisión
Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía la encargada de la organización de las pruebas de aquellas materias
que se realicen exclusivamente con la finalidad de ser tenida en cuenta en los procedimientos de admisión.
En cada universidad se creará una Comisión Universitaria presidida por el Rector o Rectora, o persona en quien
delegue, a la que necesariamente se incorporarán, salvo caso de incompatibilidad, al menos, las personas
pertenecientes a la Comisión Coordinadora Interuniversitaria tanto del ámbito universitario como de la
administración educativa nombradas en relación con la universidad de que se trate.
Por cada una de las materias de Bachillerato que son objeto de examen en las pruebas se creará una
Ponencia.
3.- PRUEBA DE EVALUACIÓN DE BACHILLERATO PARA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD

00279931

El alumnado deberá realizar la Prueba en la universidad a la que esté adscrito el centro de secundaria donde
ha realizado los respectivos estudios, o si se trata de siguientes convocatorias se puede optar por hacerla en la
universidad en la que se examinó por primera vez o en la que esté adscrito el centro más cercano a su domicilio.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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