3. Otras disposiciones. . (2023/49-47)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Interacti-tú.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 49 - Martes, 14 de marzo de 2023

página 4558/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil
y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía
la Fundación Interacti-tú.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Interacti-tú sobre la base de
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la fundación.
La Fundación Interacti-tú fue constituida en escritura pública otorgada el 22.6.2022
ante don Santiago Soto Díaz, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el
número 2.356 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación, de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Promover entre sus beneficiarios la educación permanente y formación integral, así
como cualquier actividad de asesoramiento, apoyo, consultoría, terapia, prestación de
servicios de atención psicológica o de cualquier naturaleza que se requiera para lograr
tanto su integración y correcto desarrollo en el contexto escolar y/o familiar, como la
inserción laboral y social.»
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en C/ Las ONG, núm. 7, 41019 Sevilla,
y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al
territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación es de treinta mil euros (30.000,00 euros),
desembolsada de forma sucesiva.
Quinto. Patronato.
Presidente: Don Daniel Jesús Mejías Jiménez.
Secretaria patrona: Doña Sabrina Reja Cordero.
Patronos: Doña Ana María Ramírez Collado, don Diego Holgado Rodríguez y doña
María del Carmen Moriana Reina.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de
la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general;
el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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