3. Otras disposiciones. . (2023/49-34)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa a instalación eléctrica de alta tensión (PP. 1029/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Martes, 14 de marzo de 2023

página 4089/6

procederá a la caducidad de la presente resolución. El titular podrá presentar solicitud
debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta
Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes
de la terminación de dicho plazo. En todo caso el plazo para presentar la documentación
para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción no podrá ser superior al 24
de abril de 2023 (tres meses antes del plazo máximo establecido por el artículo 1 del
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica).
3. El titular de la instalación tendrá en cuenta, en la redacción del proyecto de
construcción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por las
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los
cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el
mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en:
Informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul relativo a la solicitud de Autorización Ambiental
Unificada presentada por Parque Eólico La Curtidora, S.L. para el proyecto de «Parque
Eólico El Patrón de 24 MWN», en el término municipal de Los Barrios (Cádiz). Expediente
núm.: AAU/CA/007/21 de fecha 20.12.2022, cuyo contenido íntegro puede consultarse en
la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Así mismo, dicho proyecto se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la
afección de aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a
fecha de la presente resolución.
4. La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por
parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
5. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido
contemplados expresamente en el proyecto presentado.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
8. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los
organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Cádiz, 1 de marzo de 2023.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279206

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la
Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.