3. Otras disposiciones. . (2023/49-38)
Orden de 22 de febrero de 2023, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de formación profesional «Medac Sevilla» de Sevilla. (PP. 1018/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Martes, 14 de marzo de 2023

página 4110/4

Enseñanza y animación sociodeportiva (impartidos en turno de mañana):
Núm. de ciclos: 3.
Grupos: 6.
Puestos escolares: 180.
Acondicionamiento físico (impartidos en turno de mañana):
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
Laboratorio clínico y biomédico (impartidos en turno de mañana y tarde):
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
Mediación comunicativa (impartido en turno de tarde):
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
c) Curso de especialización de formación profesional de grado superior:
Inteligencia artificial y big data (impartido en turno de tarde):
Grupos: 1.
Puestos escolares: 30.
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el
mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el registro de centros docentes.
Cuarto. La autorización de las enseñanzas de formación profesional de grado
medio y de grado superior a la que se refiere la presente orden surtirá efectos a partir
del curso 2022/2023, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando
produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho
necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no
lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de
Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279174

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente Orden.