Autoridades y personal. . (2023/47-22)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023

página 4424/8

Contra la presente resolución podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la
notificación, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 6 de marzo de 2023.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279497

e) Certificado oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas. En el supuesto de que se necesite algún tipo de adaptación al puesto de
trabajo, el adjudicatario deberá aportar informe del Servicio de Prevención de Riesgos
Laborales.
f) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y/o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
7.2. Terminación:
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado d) del artículo 50 de la LOU, en su
redacción dada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril, el contrato tendrá una duración máxima
de cinco años, improrrogables. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad
y adopción o acogimiento durante el periodo de duración del contrato interrumpirán el
cómputo del mismo.
Para poder acogerse a la promoción establecida en el artículo 19 del I Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades
públicas de Andalucía, será requisito necesario el desempeño de plaza obtenida en el
presente concurso al menos durante un año. Dicha promoción quedará en suspenso en
el supuesto de que se interponga recurso contra la propuesta de adjudicación hasta tanto
se dicte resolución expresa del recurso y finalice el procedimiento de ejecución de la
misma.
En el caso de que al adjudicatario le reste menos del año para completar el máximo
establecido en el artículo 50.d de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, y siempre
que esté en posesión de acreditación a una figura superior se estará a lo siguiente:
1. Si el adjudicatario está acreditado a Profesor Titular de Universidad, a la
finalización de su contrato como Profesor Ayudante Doctor éste se adaptará a uno de la
categoría de Profesor Contratado Doctor Indefinido. No obstante, la dotación y posterior
convocatoria de la plaza de Profesor Titular de Universidad se realizará, si procede, una
vez transcurrido un año desde la firma del contrato de Profesor Ayudante Doctor.
2. Si el adjudicatario está acreditado para la figura de Profesor Contratado Doctor,
a la finalización del contrato como Profesor Ayudante Doctor se adaptará a Profesor
Contratado Doctor Interino, no pudiendo convocarse plaza de esta categoría (u otra de
categoría superior) hasta que haya transcurrido un año desde la firma del contrato de
Profesor Ayudante Doctor.