3. Otras disposiciones. . (2023/46-39)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas por la Junta de Andalucía para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023

página 4347/69

Fuente: DL 3/2021. Elaboración propia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Cuadro nº 36

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00279424

personal funcionario entre puestos de trabajo. El personal funcionario que ocupe puestos de carácter básico,
singularizados o de estructura podrá ser adscrito, por necesidades del servicio, a otros puestos de similar
naturaleza.
2. La ocupación del puesto de trabajo al que se acceda a través de la movilidad de efectivo tendrá carácter
provisional durante el tiempo necesario para la participación en el proyecto en cuestión.
En los casos en que para cubrir las necesidades que justifican este Decreto-ley se realicen convocatorias para
la contratación de personal del sector público andaluz de conformidad con lo establecido en las disposiciones
Artículo 10. Movilidad del personal prove- adicionales vigésima y vigésima primera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
niente del Sector Público Andaluz en enti- del Estado para el año 2021 y en la disposición adicional decimonovena de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre,
dades gestoras de proyectos financiables
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, el personal seleccionado tendrá
con fondos europeos.
derecho a que su entidad de origen suspenda de mutuo acuerdo la relación laboral que mantuviera con la
misma, y con reserva de su puesto de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45.1.a) y 48.1
del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre.
En relación con la asignación temporal de funciones a tiempo completo o parcial, en el ámbito de gestión de
proyectos financiables con fondos europeos, así como en el de cualquier actividad de la Administración de la
Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos, la persona titular de la Viceconsejería u órgano con
Artículo 11. Órganos competentes.
competencias en materia de personal en las agencias encargadas de la gestión de estos, podrá acordar la
asignación de funciones a tiempo completo o parcial al personal que presta servicios en la Consejería o agencia, sin cambio de adscripción del puesto de trabajo ni de la persona, conforme a lo establecido en los apartados 3.a) y 4 del artículo 8.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 10.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, podrá procederse al nombramiento de personal funcionario interino y estatutario de carácter
Artículo 12. Nombramiento de personal
temporal para la gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como de cualquier actividad de
funcionario interino y estatutario de carác- la Administración de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos, aun cuando se financien con
ter temporal.
recursos propios del Presupuesto de la Junta de Andalucía, y todo ello sin perjuicio del cumplimiento del resto
de las condiciones establecidas en el artículo 15.2 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, o en la norma equivalente de la Ley del Presupuesto
de cada ejercicio.
1. En los casos en que resulte necesario, se adoptarán las medidas precisas para la formación del personal
empleado público en aquellas materias de especial relevancia para la gestión pública y el desarrollo de tareas
vinculadas a la ejecución de los fondos europeos.
El Instituto Andaluz de Administración Pública y, en su caso, los organismos competentes para formar, de
acuerdo con las orientaciones de la Secretaría General para la Administración Pública, impartirán formación
Artículo 13. Formación.
a medida para la ejecución de los fondos europeos.
2. La formación vinculada a la ejecución de los fondos europeos tendrá un enfoque de capacitación en competencias orientadas al cumplimiento de objetivos y la resolución de problemas y contará, para el ejercicio de
2021, con financiación y capacidad de gestión adicional a la inicialmente contemplada en el Presupuesto en
materia de formación.
3. En estas acciones formativas tendrá prioridad para ser seleccionado el personal que gestione o vaya a gestionar proyectos financiables con fondos europeos.
En aquellos casos en los que resulte necesario, se contemplará la creación o modificación de puestos de trabajo para la gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como con cualquier actividad de la
Artículo 14. Creación y modificación de
Administración de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos, cuya aprobación corresponderá
puestos de trabajo.
a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública mediante resolución, a propuesta de la persona
titular de la Viceconsejería respectiva, respetando en todo caso lo dispuesto en la Ley del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para cada ejercicio, previo informe favorable de los órganos directivos
competentes en materia de fondos europeos, en su caso, y de Presupuestos.
Por razones de eficacia y eficiencia, podrán constituirse unidades administrativas de carácter temporal para
Artículo 15. Unidades administrativas de
la gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como para cualquier actividad de la Administracarácter temporal.
ción de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos.
En el marco de la gestión de los proyectos financiables con fondos europeos así como de las autorizaciones
administrativas e informes técnicos derivados de su ejecución, y de cualquier actividad de la Administración
de la Junta de Andalucía relacionada con los mismos, quedan reservadas al personal funcionario las funciones
Artículo 16. Funciones reservadas al perso- que impliquen participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas o en la salvaguardia de
nal funcionario en la gestión de los fondos. los intereses generales, entendidas como aquellas actuaciones administrativas obligatorias para sus destinatarios, que permitan exigir su acatamiento en caso de incumplimiento, no debiéndose considerar como tales
sus actuaciones preparatorias, de carácter instrumental, material, técnico, auxiliar o de apoyo, que no constituyan actos administrativos de cualquier naturaleza.
Retribución extraordinaria por consecución de objetivos al personal que participe en la gestión de proyectos
financiables con fondos europeos, así como en cualquier actividad de la Administración de la Junta de
Andalucía relacionada con aquellos proyectos. Adicionalmente a la retribución variable que viniese
percibiendo, el personal que participe en la gestión de proyectos financiables con fondos europeos, así como
en cualquier actividad de la Administración de la Junta de Andalucía relacionada con aquellos proyectos, podrá
Disposición adicional primera.
percibir productividades y gratificaciones extraordinarias sujetas al grado de cumplimiento de los objetivos,
en función de su contribución personal al cumplimiento de estos resultados y de acuerdo con la normativa
presupuestaria vigente. A estos efectos, no será de aplicación lo previsto en los apartados 1 y 2 del artículo
13 y en los apartados 1 y 2 del artículo 21 de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la
Junta de Andalucía.