3. Otras disposiciones. . (2023/46-39)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas por la Junta de Andalucía para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4347/23
coordinación conformada por la Comisión Delegada para la Estabilidad Presupuestaria y la
Sostenibilidad Financiera, el Comité Técnico para el Seguimiento de la Ejecución de los Fondos
Europeos y los Grupos de Trabajo. En el apéndice 7 se recoge con un mayor grado de detalle
aspectos relacionados con tales instrumentos de gobernanza tales como composición, funciones
y reuniones.
52
A la preexistente Comisión Delegada para la Estabilidad Presupuestaria y la Sostenibilidad
Financiera se le atribuye la dirección, coordinación y seguimiento de los fondos europeos de
acuerdo con las funciones asignadas a la misma en el Decreto 484/2019, de 4 de junio, por el que
se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno. Únicamente se
ha reunido en una ocasión, el 27 de abril de 2021, en la que se adopta un acuerdo en relación
con el número de miembros del Comité Técnico y sobre la colaboración que debe prestarse al
mismo por parte de los órganos y entidades de la Junta de Andalucía.
53
Dentro de la Comisión Delegada, se crea a su vez, el Comité Técnico para el Seguimiento de la
Ejecución de los Fondos Europeos con la finalidad de proporcionar soporte técnico a la Comisión,
realizar informes del seguimiento y la ejecución de los proyectos, así como para el impulso en la
elaboración de orientaciones, manuales y recomendaciones. Las reuniones del citado Comité no
han cumplido durante 2022 la periodicidad trimestral establecida, habiéndose reunido
únicamente en dos ocasiones (la última el 24 de octubre con posterioridad a la finalización del
trabajo de campo de la presente actuación).
54
En las reuniones mantenidas, además de su constitución en junio de 2021, la aprobación de las
normas de régimen interior y la creación de grupos de trabajo, se han presentado informes sobre
la situación y ejecución presupuestaria del MRR.
55
Por otro lado, se observa que no se han llevado a cabo determinadas funciones que el Comité
tiene atribuidas, tales como: la elaboración de manuales de procedimientos; la aprobación de
recomendaciones u orientaciones generales y específicas relacionadas con la adopción de
herramientas informáticas o digitales y la programación y ejecución de los proyectos y fondos
financiables, incluyendo los instrumentos de planificación estratégica de gestión; el impulso de
la elaboración de convenios o de cualquier otro instrumento, así como de las bases reguladoras
para convocatorias de subvenciones o ayudas .
56
Por último, el DL 3/2021 contempla la posibilidad de crear Grupos de Trabajo con carácter
permanente o temporal para la asistencia al Comité en el desarrollo de las funciones atribuidas.
00279424
En aplicación de ese mandato se han creado dos Grupos de Trabajo, uno el 12 de julio y otro el
25 de noviembre de 2021. El primero de ellos con el objetivo de homogeneizar y simplificar los
criterios aplicables en los trámites administrativos que afectan a la ejecución de fondos
europeos; y el segundo para analizar las necesidades de las entidades instrumentales en materia
de recursos humanos y actividades formativas relacionadas con fondos europeos. Del acuerdo
de creación no se desprende si tienen un carácter permanente o temporal, si bien desde la SGH
informan que su carácter es temporal dado que se orientan a un objeto de estudio concreto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4347/23
coordinación conformada por la Comisión Delegada para la Estabilidad Presupuestaria y la
Sostenibilidad Financiera, el Comité Técnico para el Seguimiento de la Ejecución de los Fondos
Europeos y los Grupos de Trabajo. En el apéndice 7 se recoge con un mayor grado de detalle
aspectos relacionados con tales instrumentos de gobernanza tales como composición, funciones
y reuniones.
52
A la preexistente Comisión Delegada para la Estabilidad Presupuestaria y la Sostenibilidad
Financiera se le atribuye la dirección, coordinación y seguimiento de los fondos europeos de
acuerdo con las funciones asignadas a la misma en el Decreto 484/2019, de 4 de junio, por el que
se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno. Únicamente se
ha reunido en una ocasión, el 27 de abril de 2021, en la que se adopta un acuerdo en relación
con el número de miembros del Comité Técnico y sobre la colaboración que debe prestarse al
mismo por parte de los órganos y entidades de la Junta de Andalucía.
53
Dentro de la Comisión Delegada, se crea a su vez, el Comité Técnico para el Seguimiento de la
Ejecución de los Fondos Europeos con la finalidad de proporcionar soporte técnico a la Comisión,
realizar informes del seguimiento y la ejecución de los proyectos, así como para el impulso en la
elaboración de orientaciones, manuales y recomendaciones. Las reuniones del citado Comité no
han cumplido durante 2022 la periodicidad trimestral establecida, habiéndose reunido
únicamente en dos ocasiones (la última el 24 de octubre con posterioridad a la finalización del
trabajo de campo de la presente actuación).
54
En las reuniones mantenidas, además de su constitución en junio de 2021, la aprobación de las
normas de régimen interior y la creación de grupos de trabajo, se han presentado informes sobre
la situación y ejecución presupuestaria del MRR.
55
Por otro lado, se observa que no se han llevado a cabo determinadas funciones que el Comité
tiene atribuidas, tales como: la elaboración de manuales de procedimientos; la aprobación de
recomendaciones u orientaciones generales y específicas relacionadas con la adopción de
herramientas informáticas o digitales y la programación y ejecución de los proyectos y fondos
financiables, incluyendo los instrumentos de planificación estratégica de gestión; el impulso de
la elaboración de convenios o de cualquier otro instrumento, así como de las bases reguladoras
para convocatorias de subvenciones o ayudas .
56
Por último, el DL 3/2021 contempla la posibilidad de crear Grupos de Trabajo con carácter
permanente o temporal para la asistencia al Comité en el desarrollo de las funciones atribuidas.
00279424
En aplicación de ese mandato se han creado dos Grupos de Trabajo, uno el 12 de julio y otro el
25 de noviembre de 2021. El primero de ellos con el objetivo de homogeneizar y simplificar los
criterios aplicables en los trámites administrativos que afectan a la ejecución de fondos
europeos; y el segundo para analizar las necesidades de las entidades instrumentales en materia
de recursos humanos y actividades formativas relacionadas con fondos europeos. Del acuerdo
de creación no se desprende si tienen un carácter permanente o temporal, si bien desde la SGH
informan que su carácter es temporal dado que se orientan a un objeto de estudio concreto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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