3. Otras disposiciones. . (2023/46-39)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas por la Junta de Andalucía para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023

página 4347/20

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No se han suscrito y formalizado, salvo en el caso de la AAE9, los instrumentos jurídicos previstos
la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de las entidades ejecutoras con sus respectivas entidades
colaboradoras en los que conste la forma de transferir recursos económicos y obligaciones de
cumplimiento a la entidad del sector público con participación instrumental en el PRTR.10

47

Respecto al régimen de control establecido en el PRTR, se han definido tres niveles:





Nivel 1: control interno de la entidad ejecutora. Es el control primario y básico de cualquier
actividad administrativa asociada a una actuación enmarcada en el PRTR. Corresponde a
los distintos gestores presupuestarios.
Nivel 2: control interno de órgano independiente. Compete a los órganos de control interno
independientes de la administración. Entre sus actuaciones están la participación en mesas
de contratación; los informes previos de las bases reguladoras de subvenciones; el control
de legalidad y la fiscalización previa sobre los actos de ejecución de gasto. En la CAA este
control lo ejerce la IGJA.
Nivel 3: auditorías y controles ex-post. Realizado por la Intervención General de la
Administración del Estado, en calidad de Autoridad de Control del MRR, y en colaboración
con las Intervenciones Generales de las Comunidades Autónomas, en base a la Estrategia
de Auditoría11 aprobada en febrero de 2022. La autoridad de control (IGAE) asume las
actuaciones derivadas del diseño y ejercicio del control de los fondos y la coordinación de
los controles asignados al resto de órganos de control estatal, autonómico o local (art.21
RDL 36/2020).

9
El instrumento empleado ha consistido en la incorporación en las resoluciones de transferencias a la Agencia, respecto de los programas
de incentivos financiados con fondos MRR, de las obligaciones derivadas de dicha financiación, que de forma resumida son: compromiso
a cumplir los hitos y objetivos, facilitar toda la información de seguimiento, cumplir con los principios transversales del MRR y aceptar
de forma expresa las obligaciones establecidas en la resolución de transferencia de fondos.
10
Punto modificado por la alegación presentada.
11 De acuerdo con el artículo 21 del Real Decreto Ley 36/2020, la IGAE es la Autoridad de Control del MRR, a quien corresponde las
actuaciones derivadas del diseño y ejercicio del control de los fondos que se exijan por la normativa comunitaria. En este sentido, el
artículo 19.1.i) del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, establece que corresponde a la IGAE las actuaciones derivadas del ejercicio del control de los fondos europeos,
en lo que se refiere al ejercicio de las funciones de autoridad de auditoría y Servicio Específico en aquellos fondos en los que la IGAE
tenga tal condición y de Autoridad de Control del Plan y Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, de acuerdo con su normativa
reguladora.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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