3. Otras disposiciones. . (2023/46-38)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Intervención Integral de la Atención Infantil Temprana. 2019.
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BOJA



Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023

página 4346/20

El número de horas anuales de los profesionales contratados con respecto al
Acuerdo Marco y con los datos remitidos por las DDTT.
En el número de sesiones contratadas y sesiones realizadas con respecto al
Acuerdo Marco.

Procedimiento de gestión de los expedientes de menores a través de Alborada
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Se ha analizado la gestión de la atención temprana que se realiza mediante la aplicación
Alborada. Para ello, se ha realizado una muestra de expedientes de menores (Apéndice 8.2 y
Anexo 9.6). Se han detectado errores e inconsistencias en la aplicación Alborada y en los datos
extraídos por el gestor de la misma. Las incidencias detectadas durante este análisis son la
siguientes (§A57, A58 y A59):
a. En 4 expedientes la UAIT supera el plazo máximo de 30 días para realizar la valoración
de los menores.
b. Los informes de derivación de la UAIT revisados son documentos tipo que en su mayoría
carecen de información suficientemente detallada.
c. Se han detectado 9 expedientes donde no consta el Plan Individualizado de Atención
Temprana.
d. En 24 de los expedientes examinados, los distintos apartados de la pestaña PIAT no
viene debidamente cumplimentada.
e. En el análisis de las asistencias reales que reciben los menores se ha comprobado que
en 31 de los expedientes no se cumple con las UMAT aprobadas en el plan. En 15
expedientes, los menores reciben asistencias de especialidades no incluidas en el Plan.
f. Se ha comprobado que, en modificaciones realizadas en los PIAT, en 28 casos no son
llevadas a cabo, ya que no se reflejan cambios en las UMAT reales que recibe el menor,
de forma que no se adaptan al último plan de intervención aprobado.
g. Se ha comprobado que en 10 expedientes no consta la autorización legal de datos del
tutor (§62).
h. No se establece un sistema de seguimiento de los menores una vez que cumplen los 6
años y son dados de alta del sistema.

6.2. Verificación del establecimiento de objetivos, indicadores y recursos
Como conclusiones principales se destacan las siguientes:





Las Consejerías de Educación y Deportes e Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
no tienen identificado en sus presupuestos partidas destinadas a la atención
temprana ni objetivos e indicadores
En la Consejería de Salud y Familias, existen más gastos relacionados con la Atención
Infantil Temprana que no han identificado en el programa presupuestario 31P.
En ninguna de las tres Consejerías se puede cuantificar el gasto total asignado a la
Atención Infantil Temprana.
Al no existir un único programa presupuestario relacionado con la Atención
Temprana para las tres Consejerías, no se puede realizar un seguimiento de dichos
gastos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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