3. Otras disposiciones. . (2023/46-38)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Intervención Integral de la Atención Infantil Temprana. 2019.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023

página 4346/14

53

En la pauta Novena, punto 4 del Decreto 85/2016 se establece que se deben realizar
reuniones anuales entre los CAIT y los EOE, en el mes de febrero y noviembre. Además, el
punto 5 establece que “De cada reunión será necesario redactar el acta”. En las DDTT de
Sevilla y de Málaga no se realizaron reuniones en el año 2019. Además, no se ha dispuesto de
evidencia de las actas de las reuniones de ninguna de las DDTT (excepto en la DT de Jaén).

54

No se ha establecido un Plan de carácter anual para el ejercicio 2019 en las DDTT de Málaga,
Jaén, Granada y Sevilla, tal y como se indica en la pauta Novena, punto 1 del Anexo del
Decreto 85/2016. En el caso de Granada y Sevilla el Plan establecido tiene carácter plurianual.

55

No se ha desarrollado mediante Orden los criterios de calidad que deben contemplarse en las
actuaciones realizadas en Atención Infantil Temprana, tal y como se establece en el artículo
21.2 del Decreto 85/2016.

5.2.3. Incumplimientos relativos al ENS
56

La Consejería de Salud y Familias incumple el artículo 34 del RD 3/2010, desarrollado en el
anexo III.2, ya que no realiza auditoría de seguridad.

57

Se incumple el artículo 41 del RD 3/2010, relativo a la publicidad del cumplimiento del ENS en
su sede electrónica, debido a que no se dispone de la declaración de fiabilidad.

58

Con respecto a las medidas de seguridad establecidas en el Anexo II del RD 3/2010 se
incumple en un 75% del marco organizativo, un 56% del marco operacional y 14,71% de las
medidas de protección. Se trata de un total de 22 medidas incumplidas de las 63 aplicables.
La Consejería de Salud y Familias, tiene ausencia de normativas y procedimientos de
seguridad, y dentro del apartado más tecnológico, no dispone de algunas medidas relevantes
que puedan garantizar resiliencia en caso de accidente o ataque. Por tanto, como
consecuencia de los incumplimientos en los marcos organizativo y operacional, no se puede
afirmar que las medidas sean proporcionales o cumplan con los objetivos de riesgo de la
organización (Apéndice 8.3).

59

El Marco organizativo consta de 4 medidas, de las cuales se incumplen 3. Este ámbito es de
gran relevancia ya que define el gobierno de la seguridad y el compromiso de la dirección del
organismo con el mencionado gobierno.
Marco organizativo del ENS del Anexo II del RD 3/2010

3. Marco organizativo [org]
Fuente: Elaboración propia

60

Medida incumplida
3.2 Normativa de seguridad [org.2]
3.3 Procedimientos de seguridad [org.3]
3.4 Proceso de autorización [org.4]
Cuadro nº 3

El Marco operacional, basado en 25 medidas aplicables, cuenta con 14 incumplimientos. Es
relevante debido a la importancia de extender el gobierno de la seguridad a todos los
empleados internos y externos del organismo. Todas las medidas incumplidas tienen

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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