3. Otras disposiciones. . (2023/46-29)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 841/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 3150/7
Segundo. La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran
preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. El plazo para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción será de 9 meses
contados a partir de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya
presentado la solicitud de autorización administrativa de construcción, se procederá a
la caducidad de la presente resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente
justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación
Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la
terminación de dicho plazo. En todo caso el plazo para presentar la documentación para
solicitar la Autorización Administrativa de Construcción no podrá ser superior al 24 de
abril de 2023 (tres meses antes del plazo máximo establecido por el artículo 1 del Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica).
3 El titular de la instalación tendrá en cuenta, en la redacción del proyecto de
construcción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los
cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el
mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en:
Informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, en relación a la solicitud de otorgamiento de autorización
ambiental unificada para el «Proyecto de planta solar fotovoltaica Tan Energy 4, de 49,8
MWP, y la línea de evacuación sus infraestructuras de evacuación», en los términos
municipales de Jimena de la Frontera y San Martín del Tesorillo (Cádiz), promovido por
Tayant Investment 15, S.L. Expediente núm. AAU/CA/036/21, de fecha 25.10.2022.
Acuerdo por el que se rectifican errores de hecho en el informe de fecha 25 de octubre
de 2022, por la que se otorga la autorización ambiental unificada a Tayant Investment 15,
S.L., para el proyecto de Planta solar fotovoltaica Tan Energy 4 de 49,8 MWP y línea de
evacuación de 45 kV asociada, en el término municipal de Jimena de la Frontera (Cádiz)
(Expediente AAU/CA/036/21), de fecha 4.11.2022.
Informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, en relación a la solicitud de otorgamiento de autorización
ambiental unificada para el «Proyecto de planta solar fotovoltaica Tan Energy 4, de
49,8 MWP, y la línea de evacuación sus infraestructuras de evacuación», en el término
municipal de Jimena de la Frontera (Cádiz), promovido por Tayant Investment 15, S.L.
Expediente núm. AAU/CA/036/21, de fecha 4.11.2022. cuyo contenido íntegro puede
consultarse en la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Así mismo, el proyecto se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la
afección de aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a
fecha de la presente resolución.
4. La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por
parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278244
Las infraestructuras de evacuación comunes desde la subestación colectora Tan
Energy hasta el punto de conexión SE Pinar del Rey 400 kV no son objeto de la presente
autorización siendo tramitadas en el expediente AT-14430/20.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 3150/7
Segundo. La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran
preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. El plazo para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción será de 9 meses
contados a partir de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya
presentado la solicitud de autorización administrativa de construcción, se procederá a
la caducidad de la presente resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente
justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación
Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la
terminación de dicho plazo. En todo caso el plazo para presentar la documentación para
solicitar la Autorización Administrativa de Construcción no podrá ser superior al 24 de
abril de 2023 (tres meses antes del plazo máximo establecido por el artículo 1 del Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica).
3 El titular de la instalación tendrá en cuenta, en la redacción del proyecto de
construcción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los
cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el
mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en:
Informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, en relación a la solicitud de otorgamiento de autorización
ambiental unificada para el «Proyecto de planta solar fotovoltaica Tan Energy 4, de 49,8
MWP, y la línea de evacuación sus infraestructuras de evacuación», en los términos
municipales de Jimena de la Frontera y San Martín del Tesorillo (Cádiz), promovido por
Tayant Investment 15, S.L. Expediente núm. AAU/CA/036/21, de fecha 25.10.2022.
Acuerdo por el que se rectifican errores de hecho en el informe de fecha 25 de octubre
de 2022, por la que se otorga la autorización ambiental unificada a Tayant Investment 15,
S.L., para el proyecto de Planta solar fotovoltaica Tan Energy 4 de 49,8 MWP y línea de
evacuación de 45 kV asociada, en el término municipal de Jimena de la Frontera (Cádiz)
(Expediente AAU/CA/036/21), de fecha 4.11.2022.
Informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, en relación a la solicitud de otorgamiento de autorización
ambiental unificada para el «Proyecto de planta solar fotovoltaica Tan Energy 4, de
49,8 MWP, y la línea de evacuación sus infraestructuras de evacuación», en el término
municipal de Jimena de la Frontera (Cádiz), promovido por Tayant Investment 15, S.L.
Expediente núm. AAU/CA/036/21, de fecha 4.11.2022. cuyo contenido íntegro puede
consultarse en la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Así mismo, el proyecto se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la
afección de aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a
fecha de la presente resolución.
4. La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por
parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278244
Las infraestructuras de evacuación comunes desde la subestación colectora Tan
Energy hasta el punto de conexión SE Pinar del Rey 400 kV no son objeto de la presente
autorización siendo tramitadas en el expediente AT-14430/20.