3. Otras disposiciones. . (2023/46-30)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 846/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 3151/3
Habiendo formulado alegaciones dentro del plazo por el Grupo Verdemar Ecologistas
en Acción, C.I.F. G-1******2. Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe
respuesta la cual obra en el expediente. Este órgano sustantivo, puso a disposición del
órgano ambiental, tanto la respuesta de la peticionaria, como la alegación de carácter
ambiental recibida.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnico, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
- Ayuntamiento de Jimena de la Frontera.
- Edistribución Redes Digitales, S.L.
- Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas de Andalucía.
- Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Séptimo. Con fecha de 1 de diciembre de 2022, la Delegación Territorial en Cádiz
de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en aplicación
de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de
carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte. AAU/CA/095/21), en el
cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto,
fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio
ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de
los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio
Ambiente.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto.
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278249
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 3151/3
Habiendo formulado alegaciones dentro del plazo por el Grupo Verdemar Ecologistas
en Acción, C.I.F. G-1******2. Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe
respuesta la cual obra en el expediente. Este órgano sustantivo, puso a disposición del
órgano ambiental, tanto la respuesta de la peticionaria, como la alegación de carácter
ambiental recibida.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnico, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
- Ayuntamiento de Jimena de la Frontera.
- Edistribución Redes Digitales, S.L.
- Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas de Andalucía.
- Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Séptimo. Con fecha de 1 de diciembre de 2022, la Delegación Territorial en Cádiz
de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en aplicación
de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de
carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte. AAU/CA/095/21), en el
cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto,
fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio
ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de
los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio
Ambiente.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto.
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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