3. Otras disposiciones. . (2023/46-31)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 1032/2023).
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Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4091/5
Segundo. La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran
preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 53.1b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. El titular de la instalación tendrá en cuenta, en la redacción del proyecto de
construcción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los
cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el
mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en:
- Informe de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible relativo a la solicitud
de autorización ambiental unificada presentada por Guadalsolar Uno, S.L.U., con
CIF B-40513996, para el proyecto de «Planta Solar Fotovoltaica El Rancho» de 50 MW e
infraestructura de evacuación compartida SET Guadalsolar (220/30 kV) y la línea aérea
de alta tensión de 220 kV SET Guadalsolar-SET Mirabal, en el término municipal de Jerez
de la Frontera (Cádiz), de fecha 7.7.2022.
- Acuerdo de rectificación de error detectado en el informe de la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada
presentada por Guadalsolar Uno, S.L.U, con CIF B-40513996, para el proyecto
de «Planta Solar Fotovoltaica Rancho» de 50 MW e infraestructura de evacuación
compartida SET guadalsolar (220/30 kV) y la línea aérea de alta tensión de 220 kV
SET Guadalsolar-SET Mirabal, en el término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz).
Expediente núm. AAU/CA/018/20, de fecha 13.7.2022.
- Y acuerdo de rectificación de error detectado en el informe de la Delegación Territorial
en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul relativo a
la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Guadalsolar Uno, S.L.U.,
con CIF B-40513996, para el proyecto de «Planta Solar Fotovoltaica El Rancho» de 50
MW e infraestructura de evacuación compartida SET Guadalsolar (220/30 kV) y la línea
aérea de alta tensión de 220 kV SET Guadalsolar-SET Mirabal, en el término municipal
de Jerez de la Frontera (Cádiz). Expediente núm. AAU/CA/018/20, de fecha 15.11.2022,
cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Así mismo, dicho proyecto se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la
afección de aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a
fecha de la presente resolución.
3. La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por
parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
4. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido
contemplados expresamente en el proyecto presentado.
5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en
que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
6. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279210
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 4091/5
Segundo. La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran
preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 53.1b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. El titular de la instalación tendrá en cuenta, en la redacción del proyecto de
construcción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los
cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el
mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en:
- Informe de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible relativo a la solicitud
de autorización ambiental unificada presentada por Guadalsolar Uno, S.L.U., con
CIF B-40513996, para el proyecto de «Planta Solar Fotovoltaica El Rancho» de 50 MW e
infraestructura de evacuación compartida SET Guadalsolar (220/30 kV) y la línea aérea
de alta tensión de 220 kV SET Guadalsolar-SET Mirabal, en el término municipal de Jerez
de la Frontera (Cádiz), de fecha 7.7.2022.
- Acuerdo de rectificación de error detectado en el informe de la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada
presentada por Guadalsolar Uno, S.L.U, con CIF B-40513996, para el proyecto
de «Planta Solar Fotovoltaica Rancho» de 50 MW e infraestructura de evacuación
compartida SET guadalsolar (220/30 kV) y la línea aérea de alta tensión de 220 kV
SET Guadalsolar-SET Mirabal, en el término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz).
Expediente núm. AAU/CA/018/20, de fecha 13.7.2022.
- Y acuerdo de rectificación de error detectado en el informe de la Delegación Territorial
en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul relativo a
la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Guadalsolar Uno, S.L.U.,
con CIF B-40513996, para el proyecto de «Planta Solar Fotovoltaica El Rancho» de 50
MW e infraestructura de evacuación compartida SET Guadalsolar (220/30 kV) y la línea
aérea de alta tensión de 220 kV SET Guadalsolar-SET Mirabal, en el término municipal
de Jerez de la Frontera (Cádiz). Expediente núm. AAU/CA/018/20, de fecha 15.11.2022,
cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Así mismo, dicho proyecto se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la
afección de aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a
fecha de la presente resolución.
3. La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por
parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
4. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido
contemplados expresamente en el proyecto presentado.
5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en
que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
6. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279210
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía