Disposiciones generales. . (2023/45-3)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de la Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad por la que se convocan ayudas a proyectos de Asociaciones de Antiguos Alumnos y Alumnas de la Universidad de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Miércoles, 8 de marzo de 2023

página 4335/2

El importe a subvencionar no superará en ningún caso los 5.999 € por proyecto,
siendo estos valorados por la Comisión Evaluadora de Proyectos. Así mismo, la cuantía
máxima a otorgar a las asociaciones para la totalidad de los proyectos solicitados, no
podrá superar los 6.999 €.
Una vez resuelta la dotación económica en función de la puntuación obtenida para
todos los proyectos que hayan obtenido una puntuación superior a 40, en caso de superar
el presupuesto total de la presente convocatoria, se aplicará un coeficiente reductor a
todos los proyectos beneficiarios para ajustar la cuantía total concedida al presupuesto.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
La convocatoria permanecerá abierta desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, hasta el 16 de marzo
de 2023.

Granada, 3 de marzo de 2023.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279408

Quinto. Otros datos.
Las asociaciones interesadas deberán presentar la siguiente documentación:
Solicitud en modelo oficial adjunto a esta convocatoria (Anexo I), en la que se detallarán
los proyectos a subvencionar y un presupuesto desglosado para cada proyecto.
*Desglosado: Cada proyecto presentará un presupuesto dividido en partidas
presupuestarias en la que se clarifique cuál sería financiada por el Vicerrectorado de
Estudiantes y Empleabilidad.
Las ayudas se concederán para proyectos concretos, no pudiéndose dedicar dichas
ayudas a otros conceptos de gasto distintos a los aprobados. En caso de que el proyecto
subvencionado no se lleve a cabo, el importe de la ayuda deberá ser reintegrado de
forma íntegra.
En caso de realización económica parcial del proyecto el importe de la ayuda que no
se ha realizado será reintegrado voluntariamente en el plazo de justificación del proyecto.
Pasado dicho plazo se realizará requerimiento de reintegro de lo no gastado más los
intereses de demora correspondientes según la Ley General de Subvenciones.
Las ayudas destinadas a las Asociaciones de Antiguos Alumnos y Alumnas de la
Universidad de Granada, de conformidad con lo prevenido en el artículo 67 del Estatuto
del Estudiante Universitario únicamente podrán destinarse a las siguientes actividades:
Promoción de la imagen de la Universidad de Granada.
Proyectos destinados a la incorporación de los egresados de la Universidad de
Granada al mercado laboral.
Captación de nuevos estudiantes para la Universidad de Granada.
Actividades culturales o sociales que se desarrollen dentro del ámbito de la
Universidad de Granada.
La solicitud y documentación exigidas se presentarán, dentro del plazo fijado en
esta convocatoria, en el Registro Electrónico de la Universidad de Granada a través de
la web sede.ugr.es mediante impreso de solicitud genérica dirigidas al Secretariado de
Información, Participación y Asociacionismo Estudiantil, que será órgano instructor del
proceso.
Los proyectos serán evaluados por la Comisión de Evaluación de Proyectos de
Asociaciones del Vicerrectorado de Estudiantes de la Universidad de Granada.
Una vez publicada la resolución definitiva, las asociaciones deberán aceptar las
ayudas correspondientes para la realización de los proyectos, debiendo comprometerse
a la realización de los mismos con las cuantías concedidas.