5. Anuncios. . (2023/45-52)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (2.º ciclo), correspondientes al periodo 2022-2027, de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Miércoles, 8 de marzo de 2023
página 4284/6
De igual forma que el apartado 8.3 del EsAE profundiza en los efectos sobre la
biodiversidad, el 8.4 hace otro tanto respecto a las medidas clave con incidencia en el
cambio climático. La siguiente tabla núm. 70 del EsAE contempla un resumen de estos
efectos como seguidamente se indica:
TIPO DE MEDIDA
EFECTO SOBRE EL
CAMBIO CLIMÁTICO
+
+
(-) Emisiones atmosféricas derivadas de la
depuración y el tratamiento de lodos.
(-) Emisiones GEI en funcionamiento (depuración).
(+) Menores emisiones directas e indirectas de la
agricultura.
(±) Efectos sobre el clima variables en función de la
eficiencia energética y agrícola.
(+) Mayor resiliencia climática.
(+) Mayor resiliencia climática.
+
(+) Mayor resiliencia climática.
01-Reducción de la contaminación puntual
-
02-Reducción de la contaminación difusa
+
03-Reducción de la presión por extracción de
agua
04-Mejora de las condiciones morfológicas
05-Mejora de las condiciones hidrológicas
06-Medidas de conservación y mejora de la
estructura y funcionamiento de los ecosistemas
acuáticos
DESCRIPCIÓN
±
07-Medidas ligadas a impactos
±
08-Medidas ligadas a drivers
+
12-Incremento de recursos disponibles
±
13-Medidas de prevención de inundaciones
+
14-Medidas de protección frente a inundaciones
±
15-Medidas de preparación ante inundaciones
+
(±) Efectos sobre el clima variables según la
eficiencia energética en funcionamiento (desalación
y bombeos).
(+) Menores emisiones directas e indirectas de la
agricultura.
(±) Efectos sobre el clima variables según la
eficiencia energética en funcionamiento (desalación
y bombeos).
(+) Mayor resiliencia climática.
(±) Efectos variables en el clima dependiendo de la
ejecución de medidas estructurales.
(+) Mayor resiliencia climática.
6. Seguimiento ambiental.
El capítulo 10 del EsAE recoge un sistema de seguimiento y evaluación de los
efectos ambientales del PH-PGRI CMA que vela por el cumplimiento de los principios de
sostenibilidad y lucha contra el cambio climático, el cual debe integrarse en el sistema
de seguimiento y evaluación de la ejecución general del propio PH-PGRI CMA, con los
siguientes objetivos:
- Verificar la valoración de los probables efectos ambientales realizada en el propio
EsAE.
- Identificar posibles desviaciones en dicha valoración, así como otros efectos
adversos detectados durante el desarrollo del PH-PGRI CMA no previstos inicialmente
en el EsAE.
- Evaluar la ejecución de las medidas indicadas en el EsAE para prevenir, reducir y
compensar los efectos negativos significativos del PH-PGRI CMA.
- Obtener conclusiones de lo anterior respecto a la contribución del PH-PGRI CMA al
desarrollo sostenible y a la lucha contra el cambio climático de su ámbito territorial.
El EsAE aporta, en su apartado 10, una batería inicial de indicadores para
dar operatividad a los citados objetivos de seguimiento, pudiendo ser éstos objeto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279362
Así por tanto, se puede concluir que teniendo en cuenta las características
ambientales de la demarcación y el signo de los efectos ambientales estratégicos
que conlleva la aplicación del PH-PGRI CMA, puede preverse la ausencia de efectos
ambientales negativos significativos globales sobre el medio ambiente, siempre que
la ejecución del programa de medidas se realice conforme a las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias establecidas en el capítulo 9 del EsAE.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Miércoles, 8 de marzo de 2023
página 4284/6
De igual forma que el apartado 8.3 del EsAE profundiza en los efectos sobre la
biodiversidad, el 8.4 hace otro tanto respecto a las medidas clave con incidencia en el
cambio climático. La siguiente tabla núm. 70 del EsAE contempla un resumen de estos
efectos como seguidamente se indica:
TIPO DE MEDIDA
EFECTO SOBRE EL
CAMBIO CLIMÁTICO
+
+
(-) Emisiones atmosféricas derivadas de la
depuración y el tratamiento de lodos.
(-) Emisiones GEI en funcionamiento (depuración).
(+) Menores emisiones directas e indirectas de la
agricultura.
(±) Efectos sobre el clima variables en función de la
eficiencia energética y agrícola.
(+) Mayor resiliencia climática.
(+) Mayor resiliencia climática.
+
(+) Mayor resiliencia climática.
01-Reducción de la contaminación puntual
-
02-Reducción de la contaminación difusa
+
03-Reducción de la presión por extracción de
agua
04-Mejora de las condiciones morfológicas
05-Mejora de las condiciones hidrológicas
06-Medidas de conservación y mejora de la
estructura y funcionamiento de los ecosistemas
acuáticos
DESCRIPCIÓN
±
07-Medidas ligadas a impactos
±
08-Medidas ligadas a drivers
+
12-Incremento de recursos disponibles
±
13-Medidas de prevención de inundaciones
+
14-Medidas de protección frente a inundaciones
±
15-Medidas de preparación ante inundaciones
+
(±) Efectos sobre el clima variables según la
eficiencia energética en funcionamiento (desalación
y bombeos).
(+) Menores emisiones directas e indirectas de la
agricultura.
(±) Efectos sobre el clima variables según la
eficiencia energética en funcionamiento (desalación
y bombeos).
(+) Mayor resiliencia climática.
(±) Efectos variables en el clima dependiendo de la
ejecución de medidas estructurales.
(+) Mayor resiliencia climática.
6. Seguimiento ambiental.
El capítulo 10 del EsAE recoge un sistema de seguimiento y evaluación de los
efectos ambientales del PH-PGRI CMA que vela por el cumplimiento de los principios de
sostenibilidad y lucha contra el cambio climático, el cual debe integrarse en el sistema
de seguimiento y evaluación de la ejecución general del propio PH-PGRI CMA, con los
siguientes objetivos:
- Verificar la valoración de los probables efectos ambientales realizada en el propio
EsAE.
- Identificar posibles desviaciones en dicha valoración, así como otros efectos
adversos detectados durante el desarrollo del PH-PGRI CMA no previstos inicialmente
en el EsAE.
- Evaluar la ejecución de las medidas indicadas en el EsAE para prevenir, reducir y
compensar los efectos negativos significativos del PH-PGRI CMA.
- Obtener conclusiones de lo anterior respecto a la contribución del PH-PGRI CMA al
desarrollo sostenible y a la lucha contra el cambio climático de su ámbito territorial.
El EsAE aporta, en su apartado 10, una batería inicial de indicadores para
dar operatividad a los citados objetivos de seguimiento, pudiendo ser éstos objeto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279362
Así por tanto, se puede concluir que teniendo en cuenta las características
ambientales de la demarcación y el signo de los efectos ambientales estratégicos
que conlleva la aplicación del PH-PGRI CMA, puede preverse la ausencia de efectos
ambientales negativos significativos globales sobre el medio ambiente, siempre que
la ejecución del programa de medidas se realice conforme a las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias establecidas en el capítulo 9 del EsAE.