5. Anuncios. . (2023/45-45)
Anuncio de 1 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por el que se hace pública la Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por la que se autoriza y hace pública la actualización de las tarifas que se cita. (PP. 1046/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Miércoles, 8 de marzo de 2023
página 4166/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 1 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por el que se hace pública la
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por la que se autoriza y hace
pública la actualización de las tarifas que se cita. (PP. 1046/2023).
Con fecha 21 de octubre de 2022, se ha dictado por esta Delegación Territorial de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, resolución cuya parte
dispositiva es del siguiente tenor literal,
RESU ELV E
Autorizar las nuevas tarifas y las correspondientes normas de aplicación para la
utilización de los medios mecánicos de la Estación de Esquí de Sierra Nevada, para la
temporada 2022-2023, que se transcriben a continuación:
1. Telecabina Al-Ándalus:
- Billetes para visitantes no esquiadores adultos (subida y bajada)
- Billetes para visitantes no esquiadores junior (sub. y baj.)
- Billetes para visitantes no esquiadores (temporada)
2. Telecabina Pradollano-Borreguiles:
- Billetes para visitantes no esquiadores adultos (subida y bajada)
- Billetes para visitantes no esquiadores junior (sub. y baj.)
- Billetes para visitantes no esquiadores (temporada)
3. Telesilla Parador I:
- Billetes subida o bajada
- Billetes subida y bajada
- Billetes para visitantes no esquiadores (temporada)
21,00 €
13,50 €
300,00 €
21,00 €
13,50 €
300,00 €
6,50 €
10,00 €
120,00 €
1.ª Estos precios incluyen el IVA y el Seguro Obligatorio de Viajeros.
2.ª Son de aplicación las normas de utilización de las instalaciones de remontes
mecánicos, aprobadas por Resolución de 17.12.84, de la Dirección General de
Transportes de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 120, de 29.12.84).
3.ª Si durante el funcionamiento de la Estación, por motivos de seguridad u
otras causas justificadas, la Dirección de la misma se ve obligada a cerrar al público
instalaciones y pistas, ello no obliga, necesariamente, a la devolución del importe del
billete (artículo 9 de las Normas de Utilización de las Instalaciones).
4.ª Habrán de existir Hojas de Quejas y Reclamaciones a disposición de las personas
usuarias en la Oficina de Atención al Cliente de la Empresa, con arreglo a lo dispuesto en
el Decreto 72/2008, de 4 de marzo (BOJA núm. 60, de 27 de marzo de 2008), y demás
disposiciones reglamentarias de desarrollo.
5.ª La empresa no es responsable de la pérdida, robo o extravío de ningún tipo de
abono (forfait) o billete.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279258
NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Miércoles, 8 de marzo de 2023
página 4166/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 1 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por el que se hace pública la
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, por la que se autoriza y hace
pública la actualización de las tarifas que se cita. (PP. 1046/2023).
Con fecha 21 de octubre de 2022, se ha dictado por esta Delegación Territorial de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, resolución cuya parte
dispositiva es del siguiente tenor literal,
RESU ELV E
Autorizar las nuevas tarifas y las correspondientes normas de aplicación para la
utilización de los medios mecánicos de la Estación de Esquí de Sierra Nevada, para la
temporada 2022-2023, que se transcriben a continuación:
1. Telecabina Al-Ándalus:
- Billetes para visitantes no esquiadores adultos (subida y bajada)
- Billetes para visitantes no esquiadores junior (sub. y baj.)
- Billetes para visitantes no esquiadores (temporada)
2. Telecabina Pradollano-Borreguiles:
- Billetes para visitantes no esquiadores adultos (subida y bajada)
- Billetes para visitantes no esquiadores junior (sub. y baj.)
- Billetes para visitantes no esquiadores (temporada)
3. Telesilla Parador I:
- Billetes subida o bajada
- Billetes subida y bajada
- Billetes para visitantes no esquiadores (temporada)
21,00 €
13,50 €
300,00 €
21,00 €
13,50 €
300,00 €
6,50 €
10,00 €
120,00 €
1.ª Estos precios incluyen el IVA y el Seguro Obligatorio de Viajeros.
2.ª Son de aplicación las normas de utilización de las instalaciones de remontes
mecánicos, aprobadas por Resolución de 17.12.84, de la Dirección General de
Transportes de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 120, de 29.12.84).
3.ª Si durante el funcionamiento de la Estación, por motivos de seguridad u
otras causas justificadas, la Dirección de la misma se ve obligada a cerrar al público
instalaciones y pistas, ello no obliga, necesariamente, a la devolución del importe del
billete (artículo 9 de las Normas de Utilización de las Instalaciones).
4.ª Habrán de existir Hojas de Quejas y Reclamaciones a disposición de las personas
usuarias en la Oficina de Atención al Cliente de la Empresa, con arreglo a lo dispuesto en
el Decreto 72/2008, de 4 de marzo (BOJA núm. 60, de 27 de marzo de 2008), y demás
disposiciones reglamentarias de desarrollo.
5.ª La empresa no es responsable de la pérdida, robo o extravío de ningún tipo de
abono (forfait) o billete.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279258
NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LAS TARIFAS