Disposiciones generales. . (2023/44-1)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración cultural y/o creativa en Andalucía, al amparo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023
página 4217/14
(Página
de
4
6 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (Continuación)
2. Originalidad, singularidad y carácter innovador del proyecto. Máximo 20 puntos.
a) Originalidad y singularidad del proyecto. Hasta 10 puntos.
- Originalidad del proyecto: 5 puntos.
- Singularidad del proyecto: 5 puntos.
b) Carácter innovador del proyecto. Hasta 10 puntos.
- Si el carácter innovador se aplica sólo en algún ámbito del proyecto: 5 puntos.
- Si el carácter innovador se aplica a todos los ámbitos del proyecto: 10 puntos.
3. Relación entre el importe del presupuesto del proyecto y la capacidad técnica, organizativa y solvencia de la empresa.
Máximo 15 puntos.
a) Si existe un presupuesto equilibrado de la propuesta: 5 puntos.
b) Si dispone la organización de recursos humanos y materiales realistas para alcanzar sus objetivos: 5 puntos.
c) Si la organización dispone de otras fuentes de financiación y recursos económicos: 5 puntos.
4. Realización del proyecto o de una parte significativa de la actividad en los sectores, territorios o ámbitos prioritarios
definidos en la correspondiente convocatoria. Máximo 10 puntos.
a) Hasta un 25% del proyecto o actividad: 2,5 puntos.
b) Hasta un 50% del proyecto o actividad: 5 puntos.
c) Hasta un 75% del proyecto o actividad: 7,5 puntos.
d) Más del 75% del proyecto o actividad: 10 puntos.
5. Incorporación de indicadores de impacto del proyecto, con incidencia en la sostenibilidad medioambiental, en la igualdad
de género y en la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social o personas con discapacidad. Máximo 10 puntos.
a) Si se incluyen indicadores de sostenibilidad ambiental para verificar que el proyecto no causa ningún perjuicio a los seis
objetivos medioambientales a que se refiere el artículo 5 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre: 5 puntos.
b) Si se incluyen indicadores de brecha de género en el sector al que va dirigido el proyecto: 2,5 puntos.
c) Si se incluyen indicadores sobre la tasa de actividad de colectivos en riesgo de exclusión social o personas con discapacidad:
2,5 puntos.
6. Por tener la entidad solicitante mujeres en plantilla en puestos técnicos o directivos con antigüedad superior a 1 año: hasta
10 puntos.
a) Se otorgarán 2,5 puntos por cada mujer en plantilla en las circunstancias descritas anteriormente, hasta el límite antes
indicado.
7. Por la creación de puestos de trabajo derivados del proyecto: hasta 10 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00279287
005136
a) Se otorgarán 2,5 puntos por cada puesto de trabajo creado, hasta el límite antes indicado.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023
página 4217/14
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ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (Continuación)
2. Originalidad, singularidad y carácter innovador del proyecto. Máximo 20 puntos.
a) Originalidad y singularidad del proyecto. Hasta 10 puntos.
- Originalidad del proyecto: 5 puntos.
- Singularidad del proyecto: 5 puntos.
b) Carácter innovador del proyecto. Hasta 10 puntos.
- Si el carácter innovador se aplica sólo en algún ámbito del proyecto: 5 puntos.
- Si el carácter innovador se aplica a todos los ámbitos del proyecto: 10 puntos.
3. Relación entre el importe del presupuesto del proyecto y la capacidad técnica, organizativa y solvencia de la empresa.
Máximo 15 puntos.
a) Si existe un presupuesto equilibrado de la propuesta: 5 puntos.
b) Si dispone la organización de recursos humanos y materiales realistas para alcanzar sus objetivos: 5 puntos.
c) Si la organización dispone de otras fuentes de financiación y recursos económicos: 5 puntos.
4. Realización del proyecto o de una parte significativa de la actividad en los sectores, territorios o ámbitos prioritarios
definidos en la correspondiente convocatoria. Máximo 10 puntos.
a) Hasta un 25% del proyecto o actividad: 2,5 puntos.
b) Hasta un 50% del proyecto o actividad: 5 puntos.
c) Hasta un 75% del proyecto o actividad: 7,5 puntos.
d) Más del 75% del proyecto o actividad: 10 puntos.
5. Incorporación de indicadores de impacto del proyecto, con incidencia en la sostenibilidad medioambiental, en la igualdad
de género y en la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social o personas con discapacidad. Máximo 10 puntos.
a) Si se incluyen indicadores de sostenibilidad ambiental para verificar que el proyecto no causa ningún perjuicio a los seis
objetivos medioambientales a que se refiere el artículo 5 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre: 5 puntos.
b) Si se incluyen indicadores de brecha de género en el sector al que va dirigido el proyecto: 2,5 puntos.
c) Si se incluyen indicadores sobre la tasa de actividad de colectivos en riesgo de exclusión social o personas con discapacidad:
2,5 puntos.
6. Por tener la entidad solicitante mujeres en plantilla en puestos técnicos o directivos con antigüedad superior a 1 año: hasta
10 puntos.
a) Se otorgarán 2,5 puntos por cada mujer en plantilla en las circunstancias descritas anteriormente, hasta el límite antes
indicado.
7. Por la creación de puestos de trabajo derivados del proyecto: hasta 10 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00279287
005136
a) Se otorgarán 2,5 puntos por cada puesto de trabajo creado, hasta el límite antes indicado.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja