Autoridades y personal. . (2023/44-17)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023

página 4265/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se
convoca concurso de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la
que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la
modificación operada por la disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de
11 de septiembre, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el
régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, los Estatutos
de la Universidad de Huelva y la Normativa para la Regulación del Régimen de los
concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva,
de 25 de febrero de 2008 corregido por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21
de octubre de 2008, y, de forma supletoria, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por la Legislación
General de Funcionarios Civiles del Estado.

1. Requisitos de los concursantes.
1.1. Requisitos generales para admisión de candidatos.
1.1.1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de
aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
en los términos en que esta esté definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
1.1.2. Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
1.1.3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la
Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás
Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halle
definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de
26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.
1.1.4. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
1.1.5. Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
1.1.6. Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279339

Este Rectorado en ejercicio de sus competencias, de acuerdo con la Resolución de
16 de diciembre de 2022 (BOJA de 22.12.2022), por la que se aprueba la ampliación la
Oferta de Empleo Público para el año 2022, resuelve convocar a concurso de acceso de
promoción interna las plazas que se detallan en el Anexo I de la presente resolución y de
acuerdo con las bases que a continuación se indican: