Disposiciones generales. . (2023/44-5)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de la Resolución de la Vicerrectora de Internacionalización por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de voluntariado internacional en Proyectos de Cooperación al Desarrollo. Año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023
página 4230/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se
publica el extracto de la Resolución de la Vicerrectora de Internacionalización
por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de voluntariado
internacional en Proyectos de Cooperación al Desarrollo. Año 2023.
BDNS (Identif.): 679229.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/679229):
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria de ayudas económicas es la sensibilización
de la Comunidad Universitaria a través de la participación en proyectos y acciones
de voluntariado internacional relacionadas con la Cooperación Internacional para el
Desarrollo entre los meses de junio y noviembre de 2023.
Para ello, se ofrecen un mínimo de 15 ayudas económicas de hasta 2.000 euros
cada una que se concederán en régimen de concurrencia competitiva. El número final
de ayudas concedidas puede variar en función del país de destino y de la duración de
la actividad. Las ayudas se otorgarán para contribuir a cubrir los gastos ocasionados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279294
Primero. Beneficiarios.
1. La presente ayuda económica podrá ser solicitada, en cualquiera de sus
modalidades, por estudiantes de la UGR matriculados/as en enseñanzas regladas durante
el curso 2022/2023, así como miembros de PDI y PAS de la UGR. Se deberá pertenecer
a la UGR tanto en el momento de realizar la solicitud como durante el desarrollo de la
actividad de voluntariado.
2. Queda excluido de la presente convocatoria el estudiantado que se encuentre
realizando estancias en la UGR en el marco de otros programas de movilidad (Erasmus/
SICUE)
3. Se desestimarán las solicitudes de quienes formen parte del equipo de algún
proyecto en ejecución subvencionado por el CICODE.
4. Se inadmitirán las solicitudes de quienes hayan recibido ayudas económicas en
convocatorias anteriores y no hayan cumplido adecuadamente con las obligaciones
derivadas de las mismas.
5. Las personas solicitantes deberán estar al corriente del cumplimiento en sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la
normativa vigente, y no ser deudoras por obligaciones de reintegro.
6. Las personas solicitantes no podrán ser beneficiarias de las ayudas si concurren
en cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. A este respecto, en la solicitud, se deberá realizar
una declaración responsable en la que se manifieste:
• Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.
• No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• El compromiso de mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente
al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención, debiendo informar de
cualquier variación en las circunstancias al CICODE.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023
página 4230/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se
publica el extracto de la Resolución de la Vicerrectora de Internacionalización
por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de voluntariado
internacional en Proyectos de Cooperación al Desarrollo. Año 2023.
BDNS (Identif.): 679229.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/679229):
Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria de ayudas económicas es la sensibilización
de la Comunidad Universitaria a través de la participación en proyectos y acciones
de voluntariado internacional relacionadas con la Cooperación Internacional para el
Desarrollo entre los meses de junio y noviembre de 2023.
Para ello, se ofrecen un mínimo de 15 ayudas económicas de hasta 2.000 euros
cada una que se concederán en régimen de concurrencia competitiva. El número final
de ayudas concedidas puede variar en función del país de destino y de la duración de
la actividad. Las ayudas se otorgarán para contribuir a cubrir los gastos ocasionados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279294
Primero. Beneficiarios.
1. La presente ayuda económica podrá ser solicitada, en cualquiera de sus
modalidades, por estudiantes de la UGR matriculados/as en enseñanzas regladas durante
el curso 2022/2023, así como miembros de PDI y PAS de la UGR. Se deberá pertenecer
a la UGR tanto en el momento de realizar la solicitud como durante el desarrollo de la
actividad de voluntariado.
2. Queda excluido de la presente convocatoria el estudiantado que se encuentre
realizando estancias en la UGR en el marco de otros programas de movilidad (Erasmus/
SICUE)
3. Se desestimarán las solicitudes de quienes formen parte del equipo de algún
proyecto en ejecución subvencionado por el CICODE.
4. Se inadmitirán las solicitudes de quienes hayan recibido ayudas económicas en
convocatorias anteriores y no hayan cumplido adecuadamente con las obligaciones
derivadas de las mismas.
5. Las personas solicitantes deberán estar al corriente del cumplimiento en sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la
normativa vigente, y no ser deudoras por obligaciones de reintegro.
6. Las personas solicitantes no podrán ser beneficiarias de las ayudas si concurren
en cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. A este respecto, en la solicitud, se deberá realizar
una declaración responsable en la que se manifieste:
• Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.
• No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• El compromiso de mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente
al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención, debiendo informar de
cualquier variación en las circunstancias al CICODE.