3. Otras disposiciones. . (2023/44-23)
Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se resuelve, mediante actuaciones de replanteo, el establecimiento de los datos identificativos de la línea que delimita el término municipal de Aguilar de la Frontera y el término municipal de Santaella, ambos en la provincia de Córdoba.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023

página 4242/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 18 de febrero de 2023, por la que se resuelve, mediante actuaciones
de replanteo, el establecimiento de los datos identificativos de la línea que
delimita el término municipal de Aguilar de la Frontera y el término municipal de
Santaella, ambos en la provincia de Córdoba.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo arriba mencionadas y
en consideración a los siguientes
HECHOS

Segundo. Con fecha 28 de noviembre de 2022 fue emitido informe por el IECA, en
el cual se detallan las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre
los municipios de Aguilar de la Frontera y Santaella, con el objeto de proyectar la línea
definitiva acordada en su día sobre la realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deduce que se ha empleado como documento jurídico básico
acreditativo del deslinde el acta de 6 de diciembre de 1870, relativa a la operación de
deslinde entre los municipios de Aguilar de la Frontera y de Santaella. El acta viene
acompañada de ciertos documentos complementarios.
De la referida documentación se desprende lo siguiente:
- La línea límite entre Aguilar de la Frontera y Santaella se halla conformada por 5
puntos de amojonamiento.
El punto de amojonamiento trigémino inicial es compartido también por el municipio
de Montalbán de Córdoba.
El punto de amojonamiento trigémino final es compartido también por el municipio de
Puente Genil.
- A la operación de deslinde entre Aguilar y Santaella, realizada el día 6 de diciembre
de 1870, asistieron los representantes de ambos municipios, y los comisionados del
municipio de Puente Genil, con el que comparten el punto trigémino final, quedando
constancia de sus firmas en el acta de deslinde, en la que se recoge el reconocimiento de
la totalidad de la línea, la descripción de los mojones, así como su ubicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279315

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de
4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía
y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al
Registro Andaluz de Entidades Locales, con fecha 17 de noviembre de 2022 la persona
titular de la Secretaría General de Administración Local dictó resolución de inicio del
procedimiento de replanteo de la línea delimitadora de los municipios de Aguilar de la
Frontera y Santaella, ambos en la provincia de Córdoba.
En virtud del mismo precepto, la resolución de inicio fue notificada a los Ayuntamientos
de Aguilar de la Frontera, Santaella y Montalbán de Córdoba (afectado por el punto de
amojonamiento trigémino inicial de la línea), y Puente Genil (afectado por el punto
de amojonamiento trigémino final), la Diputación Provincial de Córdoba, el día 24 de
noviembre de 2022.
Con fecha 24 de noviembre de 2022 fue notificada dicha resolución de inicio al
Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA), para que emitiera
el correspondiente informe de replanteo.