3. Otras disposiciones. . (2023/43-41)
Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, de autorización administrativa previa de proyecto de instalación de generación eléctrica fotovoltaica y su infraestructura de evacuación en el término municipal de Tabernas (Almería). (PP. 769/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Lunes, 6 de marzo de 2023

página 2869/4

- Orígen: En celdas de línea de cada C.T. haciendo E/S según configuración.
- Final: En celdas de entrada de línea en subestación elevadora
- Conductores: RHZ1-OL-H 18/30 kV de sección de 95-150-240-400 mm² según
tramo.
- Instalación: Directamente enterrados.
3. Presupuesto: 20.000.000 €.

Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277974

Segundo. Esta autorización administrativa previa se otorga de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes
requisitos:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el
articulo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida
de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales supuestos la
Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización,
con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
3. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la
instalación deberá cumplir el condicionado expuesto expuesto en el informe vinculante
(expte. AAUA/AL/0010/20) de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul en Almería, para la la ejecución de los proyectos de baja tensión, de
centro de transformación y red interna de media tensión de la Planta Solar Fotovoltaica
«Terrera Solar» en el término municipal de Tabernas (Almería), en la provincia de Almería
promovido por Grupotec SPV 17, S.L., de fecha 17.1.2023, cuyo contenido íntegro se
puede consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
4. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
5. Esta autorización administrativa previa queda condicionada a la obtención de la
autorización administrativa previa y de construcción de las siguientes infraestructuras
de evacuación necesarias para la conexión de la planta solar fotovoltaica a la red de
transporte en la subestación Tabernas 400 kV:
1. Subestación Olivos. Expediente LAT 6866 (PERE 1660 LAT 6894 LAT 6866 LAT
6867).
2. Línea de evacuación de 132 KV LAT 6867 (PERE 1660 LAT 6894 LAT 6866 LAT
6867).
3. Línea de evacuación de 132 KV LAT 6855 (PERE 1658 LAT 6900 LAT 6854 LAT
6855).
4. Subestación Colectora 132 KV/400KV LAT 6863 SET Tabernas Renovables.