3. Otras disposiciones. . (2023/43-39)
Acuerdo de 1 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se afecta, por mutación demanial externa al Ayuntamiento de Colmenar (Málaga), el Silo de dicha localidad, sito en C/ Virgen de la Candelaria, núm. 8, con destino a aparcamiento público, por un plazo de 50 años.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 43 - Lunes, 6 de marzo de 2023

página 4186/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Acuerdo de 1 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se afecta,
por mutación demanial externa al Ayuntamiento de Colmenar (Málaga), el Silo
de dicha localidad, sito en C/ Virgen de la Candelaria, núm. 8, con destino a
aparcamiento público, por un plazo de 50 años.
El Ayuntamiento de Colmenar (Málaga) ha solicitado la afectación, por mutación demanial
externa, del Silo de dicha localidad, sito en C/ Virgen de la Candelaria, núm. 8, con
destino a aparcamiento público, por un plazo de 50 años.
La Consejería competente en materia de agricultura ha mostrado su conformidad con
la referida afectación en los términos que se establecen en el presente acuerdo.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 1 de marzo
de 2023,
ACUERDA
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 bis de la Ley 4/1986, de 5
de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, afectar por mutación
demanial externa al Ayuntamiento de Colmenar (Málaga), el Silo de dicha localidad, sito
en C/ Virgen de la Candelaria, núm. 8, con destino a aparcamiento público.
Consta inscrito en el Registro de la Propiedad Núm. Siete de Málaga, al tomo
1488, libro 70, folio 132, con el número de finca 1592 y con referencia catastral:
0854903UF8805S0001AL.
Se encuentra anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía con el número 2004079072, con carácter demanial.
Esta afectación por mutación demanial se realiza por un plazo de 50 años.
Segundo. Si el bien afectado no fuera destinado al uso público previsto o dejara de
destinarse posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias,
accesiones y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido por el Ayuntamiento en
el mismo, sin derecho a compensación alguna, teniendo la Comunidad Autónoma de
Andalucía, además, derecho a percibir del Ayuntamiento, previa tasación pericial, el valor
de los detrimentos o deterioros que hubiera causado.

Cuarto. El Ayuntamiento asumirá, por cuenta de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, el pago de las obligaciones tributarias que correspondan a ésta como
propietaria del inmueble citado. En caso de incumplimiento, la deuda no asumida será
compensable con cargo a los créditos que el Ayuntamiento tenga reconocido en el Fondo
de Participación de las Entidades Locales en los tributos de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, queda obligado a mantenerlo durante la vigencia de la afectación en
perfecta conservación, siendo responsable de los daños, detrimentos o deterioros
causados en el bien afectado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279259

Tercero. El Ayuntamiento se obliga a asumir los gastos necesarios para el buen uso
del bien afectado, así como los de personal, el cual, una vez terminada la cesión, no
pasará a depender de la Junta de Andalucía.