Autoridades y personal. . (2023/42-48)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales Dirección de Cocina (3053), Jefe/a de Servicios Técnicos y/o Mantenimiento (3119), Monitor/a Escolar (3061), Personal Técnico en Integración Social (3060), Personal Técnico en Integración Sociocultural (3064) y Técnico/a Superior en Educación Infantil (3070), correspondientes al Grupo III, para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de estabilización del empleo temporal 2017/2019, convocado por Resolución de 11 de diciembre de 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Viernes, 3 de marzo de 2023

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por la presente resolución, quedando anuladas todas sus actuaciones; igualmente serán
anuladas las actuaciones de las personas aspirantes que incorporen documentación que
no resultara acreditativa de los requisitos exigidos. Será en este momento cuando, con
el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, la Administración requerirá de
la Comisión de Selección, por una única vez, una relación complementaria de personas
aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible consideración como personas
adjudicatarias de la categoría. Dicha relación complementaria en ningún supuesto abrirá
un nuevo periodo de baremación, por lo que solo podrán formar parte de dicho listado
complementario las personas aspirantes que habiendo sido valoradas por la Comisión
de Selección cuenten con una puntuación total consecutiva e ininterrumpida a las
inicialmente propuestas.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de Función
Pública en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación, o
interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En
el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación presunta.

00279120

Sevilla, 27 de febrero de 2023.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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