Autoridades y personal. . (2023/42-35)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso-oposición, correspondiente a las pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, de la Especialidad de Veterinaria, en Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, convocadas por Resolución de 1 de diciembre de 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Viernes, 3 de marzo de 2023

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Tercero. Aprobar las listas provisionales de personas aspirantes excluidas del
concurso-oposición en la fase de concurso, ordenadas alfabéticamente, con indicación
de la puntuación consignada por las personas aspirantes en el autobaremo de méritos
presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida
en el concurso-oposición, con indicación de la causa de exclusión.
Cuarto. Publicar, como anexo a esta resolución, la relación de causas de exclusión.

Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, para
formular alegaciones contra la misma, contados a partir del día siguiente al de publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las alegaciones
deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse través de la
VEC, cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de
alegaciones a los listados provisionales.
Durante el plazo establecido en el párrafo anterior, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, aquellas personas candidatas que figuran excluidas
en el concurso-oposición por falta de acreditación de los requisitos de acceso para la
participación en el mismo, deberán, subsanar la falta o aportar junto a la correspondiente
alegación, los documentos acreditativos de la concurrencia de dichos requisitos de
acceso, indicándoles que, si así no lo hicieran, quedarán definitivamente excluidas del
concurso-oposición.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
para aquellos méritos que, en el momento de presentación del Autobaremo de méritos,
únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho
mérito, conforme lo establecido en la base 8.5, cuyo registro haya sido rechazado por la
Comisión de Selección por dicha causa, deberán aportar a través de la VEC, junto a la
alegación, la documentación acreditativa correspondiente al mismo. La persona aspirante
se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.
Para realizar la alegación la persona interesada deberá acreditarse a través de la
firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
Dichas alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, serán admitidas o denegadas
por medio de la resolución que apruebe la relación definitiva de aspirantes que superen
el concurso-oposición, que será elevada por la Comisión de Selección a la Dirección
General competente en materia de Personal, ordenada por la puntuación obtenida una
vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y de la fase de concurso.
La vista de expediente será satisfecha mediante el ejercicio del derecho a acceder
a través de la VEC a consultar la información y a obtener copia de los documentos
contenidos en el expediente del interesado correspondiente al proceso selectivo al que
hubiera concurrido. Dispondrán en el mismo del Informe de Baremación de Méritos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Anunciar que las citadas listas provisionales se encontrarán expuestas al
público en los tablones físicos o virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz
de Salud y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Consumo, así
como en la página web del Servicio Andaluz de Salud
www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud
a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.