5. Anuncios. . (2023/42-66)
Anuncio de 8 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba, de resolución por la que se concede autorización administrativa previa a la mercantil Caletona Servicios y Gestiones, S.L., para el proyecto que se cita, en el término municipal de Bujalance (Córdoba). (PP. 739/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 42 - Viernes, 3 de marzo de 2023

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respecto el articulo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada
para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía,
indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación Territorial
de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y de Política Industrial y Energía, recibir
la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a
la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.
A este efecto, las determinaciones y condiciones establecidas en el Informe Ambiental
Vinculante emitido, de conformidad con el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba, el 11 de mayo de 2022, se
puede consultar en el siguiente enlace:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Tercero. La autorización se otorga condicionada al cumplimiento de la normativa
aplicable y de los siguientes requisitos:
1. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida
de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales supuestos la
Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización,
con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
2. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, el cumplimiento de los
condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas
de servicio público o de interés general, los cuales le han sido trasladados, habiendo
sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el
condicionado expuesto en el Informe Ambiental Vinculante de la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible de Córdoba, que forma parte de presente resolución.
3. La caducidad de la autorización ambiental unificada (informe ambiental vinculante)
de la instalación será condición suficiente para la revocación de esta autorización, por
incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la misma.
Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y de
Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía de Córdoba, y sin perjuicio e
independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones
que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la
legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de
los legítimos derechos e intereses de terceros.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía, en el
plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo
115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

00277844

Córdoba, 8 de febrero de 2023.- El Delegado, Agustín López Ortiz.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja