Disposiciones generales. . (2023/41-5)
Acuerdo de 24 de febrero de 2023, del Consejo Audiovisual de Andalucía, por el que se convoca la IX Edición de los Premios Andaluces «El Audiovisual en la Escuela», se aprueban y se dispone la publicación de las bases que regirán su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 41 - Jueves, 2 de marzo de 2023

página 3956/3

Se otorgarán, por cada una de las cuatro categorías un premio en metálico
consistente en una dotación económica de mil quinientos euros (1.500 euros) y un
diploma acreditativo.
El importe de los premios será destinado por parte de los galardonados y
galardonadas a la adquisición de material o a la realización de actividades relacionadas
con la comunicación audiovisual vinculadas al centro escolar.
Con el afán de comprobar que la dotación económica recibida se emplea para los
fines anteriormente mencionados, el CAA podrá requerir justificantes de compra o gastos
de organización por parte de los centros premiados.
La obtención de los premios será compatible con la percepción previa de otro por la
misma actividad procedente de cualquier entidad pública o privada.
Asimismo, podrán otorgarse menciones sin dotación económica en cualquiera de las
categorías.
Corresponderá a la Secretaría del CAA la resolución de las incidencias correspondientes
a los requisitos formales establecidos en las bases de la presente convocatoria, así como
la publicación en la página web del CAA de la lista de admitidos y excluidos.
Cuarta. Solicitudes, documentación y plazo.
Podrán concurrir a la convocatoria de los premios todos los centros docentes
andaluces, que deberán acreditar su personalidad y representación.
Para participar es necesario presentar la siguiente documentación:
1. El formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado por la persona
representante legal del centro de conformidad con los modelos que acompañan las
presentes bases en sus Anexos I, II y III.
Las declaraciones responsables y autorizaciones necesarias que acompañan a la
solicitud deberán cumplimentarse íntegramente, firmarse y fecharse en todas sus páginas
por parte de la persona representante legal del centro.
2. El trabajo realizado deberá presentarse en formato audiovisual con los requisitos
señalados en la base segunda.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
solicitudes, documentación y trabajos podrán presentarse presencial o telemáticamente.

Telemáticamente: A través del portal web del Consejo Audiovisual de Andalucía,
mediante el siguiente enlace www.consejoaudiovisualdeandalucia.es/solicitud_avele, o
bien a través de la Presentación Electrónica General
(https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml)
Esta presentación requiere poseer un certificado digital o identificador Cl@ve para
realizar la inscripción a través de Presentación Electrónica General (PEG), accesible desde
www.consejoaudiovisualdeandalucia.es/solicitud_avele, donde también se encuentran
las instrucciones para rellenar el formulario y adjuntar los trabajos audiovisuales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279029

Presencialmente: Cumplimentando la solicitud correspondiente, tal como se muestra
en los Anexos I y II, a la que se debe adjuntar los trabajos audiovisuales en el soporte
indicado en las mismas (CD, DVD, Blu-ray, pendrive, tarjeta de memoria, disco duro…).
La solicitud y la documentación adjunta podrán presentarse en el Registro de la sede
del Consejo del Audiovisual de Andalucía, sito en calle Pagés del Corro, 90 B, 41010
Sevilla; o en el registro de cualquier órgano administrativo, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Para más información, puede consultar en:
www.consejoaudiovisualdeandalucia.es/solicitud_avele