3. Otras disposiciones. . (2023/40-41)
Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se publica el Convenio de Cooperación Educativa tipo entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y la Universidad de Córdoba, para la realización de prácticas académicas externas en el Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía (SAVA), Puntos de Encuentro Familiar (PEF) y Puntos de Información para la Mediación en Andalucía (PIMA).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Miércoles, 1 de marzo de 2023

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Judicial, que incluyen la gestión de los recursos materiales, la organización de los medios
humanos al servicio de la Administración de Justicia, las demarcaciones territoriales
de los órganos jurisdiccionales, los concursos y oposiciones de personal no judicial, y
cuantas competencias ejecutivas le atribuye el título V del Estatuto y la legislación estatal.
Por otra parte, el artículo 149 atribuye a la Junta de Andalucía, de acuerdo con la
Ley Orgánica del Poder Judicial, determinar la creación, el diseño, la organización, la
dotación y la gestión de los servicios de apoyo a los órganos jurisdiccionales.

Tercero. Conforme al artículo 11 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación tiene atribuidas,
entre otras, la dirección y coordinación del Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía,
la organización y gestión de los puntos de encuentro familiar y la promoción e impulso de
actuaciones tendentes a la implantación, desarrollo y divulgación de la mediación y de
otros sistemas para la resolución de conflictos que no estén específicamente atribuidos
a otros órganos, así como la propuesta de formalización de acuerdos y convenios de
colaboración en materia de mediación.
Cuarto. Uno de los fines de la Universidad de Córdoba es el de la preparación
académica y profesional de los distintos ámbitos y disciplinas de sus estudiantes y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278871

Segundo. El Decreto 375/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el Servicio
de Asistencia a Víctimas en Andalucía, y posteriormente, la Ley 4/2015, de 27 de abril,
del Estatuto de la víctima del delito, y el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por
el que se desarrolla la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, y
se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, configura al Servicio de
Asistencia a las Víctimas en Andalucía (en adelante, SAVA) como un servicio de carácter
público cuyo objetivo fundamental es informar, asesorar, proteger y apoyar a las víctimas
de delitos, así como reducir y evitar los efectos de la victimización secundaria, acercando
la justicia a la ciudadanía, facilitando para ello la colaboración y coordinación entre todos
los organismos, instituciones y servicios que puedan estar implicados en la asistencia a
las víctimas.
Los Puntos de Encuentro Familiar (en adelante, PEF) regulados en el Decreto
79/2014, de 25 de marzo, por el que se regulan los Puntos de Encuentro Familiar de la
Junta de Andalucía, son un servicio que tiene la finalidad de servir de espacio neutral
en el que se presta atención profesional multidisciplinar para garantizar el derecho
esencial de las personas menores de edad a relacionarse con sus personas progenitoras
y familiares. Es un servicio de carácter temporal y excepcional y pretende dotar a las
personas progenitoras de técnicas que les permitan el ejercicio positivo de la parentalidad
y consiguiente independencia respecto al servicio.
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, establece
la obligación de las Administraciones Públicas competentes para la provisión de medios
materiales al servicio de la Administración de Justicia, de poner a disposición de los
órganos jurisdiccionales y del público de información sobre la mediación como alternativa
al proceso judicial y es por ello que la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública ha puesto en marcha un servicio gratuito de información de puntos de
información para la mediación en Andalucía (en adelante, PIMA).
La prestación de los servicios mencionados (SAVA, PEF y PIMA) puede ejecutarse
directamente por la propia Administración de la Junta de Andalucía o llevarse a cabo
mediante contrato del sector público al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.