Autoridades y personal. . (2023/39-35)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir dos plazas de personal laboral fijo de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Cádiz, mediante promoción interna, de la categoría de Titulado Superior de Prensa e Información.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Lunes, 27 de febrero de 2023

página 3741/4

Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la página web del área de Personal de la
Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz,
los miembros del Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo V de
esta convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según
lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de
la totalidad de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará
todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso
selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278813

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que deberá publicarse
en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se
incluirá la lista completa de las personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose,
en este último caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2. Los/as excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a
través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA o en las formas establecidas en el apartado 3.1 de la
presente convocatoria. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los/as aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.