5. Anuncios. . (2023/39-107)
Corrección de errores del Anuncio de 23 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Cenes de la Vega, de bases y convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Cenes de la Vega, mediante procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal (BOJA núm. 15, de 24.1.2023). (PP. 829/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Lunes, 27 de febrero de 2023

página 3061/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Corrección de errores del Anuncio de 23 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento
de Cenes de la Vega, de bases y convocatoria para la provisión, mediante
concurso-oposición libre, de una plaza de Trabajador/a Social del Ayuntamiento
de Cenes de la Vega, mediante procedimiento extraordinario de estabilización
de empleo temporal (BOJA núm. 15, de 24.1.2023). (PP. 829/2023).
CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL DEL ANUNCIO PUBLICADO EN EL
BOJA NÚMERO 15, DE 24 DE ENERO DE 2023, RELATIVO A UNA PLAZA DE
TRABAJDOR SOCIAL CONCRETAMENTE EN EL PUNTO DE LAS TASAS DE
DERECHOS DE EXAMEN, DONDE DICE 37,74 € DEBE DECIR 32,74 €
«DECRETO
Visto que por Decreto de 2022-2000, de 30 de noviembre de 2022, se aprobaron
las bases de la convocatoria que han de regir el proceso selectivo extraordinario para
estabilización de la plaza de Trabajador Social del Ayuntamiento de Cenes de la Vega,
vacante en la plantilla de personal funcionario, del Ayuntamiento de Cenes de la Vega,
puesto de trabajo clasificado en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica,
Grupo A, Subgrupo A2.
Visto que las bases de la convocatoria han sido publicadas en el BOP de Granada
núm. 244, de 23 de diciembre de 2022, y el anuncio de la convocatoria ha sido publicado
en el BOJA núm. 15, de 24 de enero de 2023. No se ha realizado publicación en el BOE.
Resultando que existe un error material en el Anexo I de las bases, Modelo de
Solicitud, en el apartado Documentación Adjunta que pone: “Resguardo de ingreso
tasa de derechos de examen (37,74 €)…” cuando la cantidad correcta, de acuerdo con
la ordenanza fiscal de derechos de examen, es la establecida en la base cuarta de la
convocatoria 32,74 €.
Considerando el artículo 15.5 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado en adelante, relativo a las
convocatorias establece que:
“Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser
modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”
Considerando el artículo 109.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo en el que
se expone que:
“Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos
existentes en sus actos.”

1.º Rectificar el error material existente en el Anexo I -Modelo de Solicitud- de las
bases de la convocatoria de manera que, donde dice:
Resguardo de ingreso tasa de derechos de examen (37,74 €)...
Debe decir:
Resguardo de ingreso tasa de derechos de examen (32,74 €)…
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278151

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