Disposiciones generales. . (2023/38-2)
Acuerdo de 21 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Estratégico sobre el modelo de Organización Territorial Provincial en la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Viernes, 24 de febrero de 2023

página 3634/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

La Constitución Española, en su artículo 103.1, establece que la Administración Pública
sirve con objetividad a los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios
de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con
pleno sometimiento a la ley y al derecho. Por su parte, el artículo 133 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía dispone que la Administración de la Junta de Andalucía sirve
con objetividad al interés general y actúa de acuerdo con los principios, entre otros, de
eficacia, eficiencia, desconcentración y proximidad a los ciudadanos, y que desarrollará
la gestión ordinaria de sus actividades a través de sus servicios centrales y periféricos.
Asimismo, los artículos 46 y 47 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuyen a la
Comunidad Autónoma competencias exclusivas sobre la organización y estructura de sus
instituciones de autogobierno y la estructura y regulación de los órganos administrativos
públicos de Andalucía.
Bajo estas premisas, la evolución de la Administración de la Junta de Andalucía, desde
sus orígenes hasta el momento actual, se ha visto marcada por un permanente avance
en los procesos de desconcentración administrativa, en la convicción de que ello supone
un evidente beneficio en las relaciones de la ciudadanía con la Administración. En este
sentido, la aprobación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, supuso un hito importante y dedicó todo el Capítulo III de su Título II
a sistematizar la cada vez más compleja organización de la Administración Territorial de la
Junta de Andalucía.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
establece que esta podrá adoptar, mediante Decreto del Consejo de Gobierno, y sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 35.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, una de las
siguientes estructuras provinciales:
a) Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y Delegaciones Provinciales
de cada una de las distintas Consejerías.
b) Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, y Delegaciones Territoriales
de la Junta de Andalucía. Estas Delegaciones Territoriales podrán tener asignados los
servicios periféricos correspondientes a determinadas materias de una Consejería, el
conjunto de los servicios periféricos de una Consejería o agrupar los servicios periféricos
de varias Consejerías.
Por tanto, las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de
Andalucía son los máximos órganos directivos periféricos representantes de la Junta de
Andalucía en la provincia.
Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías representan
a estas en la provincia y ejercen la dirección, coordinación y control inmediatos de los
servicios de la Delegación, bajo la superior dirección y la supervisión de la persona titular
de la Consejería. Y las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta
de Andalucía, ostentan la representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios
periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las
agencias adscritas o dependientes de las Consejerías.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Acuerdo de 21 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba la formulación del Plan Estratégico sobre el modelo de Organización
Territorial Provincial en la Administración de la Junta de Andalucía.