3. Otras disposiciones. . (2023/36-37)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Ciclismo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 36 - Miércoles, 22 de febrero de 2023

página 3401/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Ciclismo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de 9 de febrero de 2023, se
ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Natación y se acordó
su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Natación, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 10 de febrero de 2023.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova Pozuelo.
A NE XO
FEDERACIÓN ANDALUZA DE CICLISMO
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO

Artículo 1. Ámbito subjetivo.
El presente Código será de aplicación a la Federación Andaluza de Ciclismo y podrá
ser asumido y adaptado a cualquier entidad deportiva que a la misma se encuentre
adscrita, y que voluntariamente desee suscribirlo en aras a alcanzar los fines pretendidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00278473

Introducción.
1. El Consejo Superior de Deportes, en el ejercicio de las funciones que le otorga
la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y en aras de una mayor responsabilidad
y eficacia en la gestión federativa, estimó conveniente la elaboración e implantación de
normas dirigidas a regular de forma sistemática y ordenada el «gobierno corporativo»
de las Federaciones Deportivas Españolas, como un instrumento eficaz y necesario que
contribuye a una mayor transparencia en la gestión de las mismas.
2. En suma, la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, y el Decreto
41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se
establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades
Deportivas, recogen la necesidad de que las federaciones deportivas andaluzas adopten
un código en el que se recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios
de democracia y participación, y preferentemente aquéllas que afectan a la gestión y
control de todas las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que
estas estén financiadas o no con ayudas públicas.
3. Atendiendo a estos propósitos, la Federación Andaluza de Ciclismo establece
un código de buen gobierno para aumentar la transparencia sobre su actuación, y en
particular sobre su gestión económica sintetizando medidas o prácticas adecuadas
en su funcionamiento. Además, dicho código permitirá al ciudadano comprobar la
autorregulación de ésta en un marco legislativo basado en los principios legales europeos,
españoles y autonómicos, alcanzando una mayor transparencia y ética.