3. Otras disposiciones. . (2023/35-56)
Resolución de 9 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica del proyecto que se cita, en el término municipal de Villa de Otura, en la provincia de Granada. (PP. 791/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Martes, 21 de febrero de 2023
página 2935/3
siendole por lo tanto para esta solicitud lo dispuesto en la disposición transitoria tercera
de la Ley 7/2021.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de
la Junta de Andalucía en Granada
RESU ELV E
Primero. Conceder la Autorización Administrativa Previa y de Construcción de la
instalación eléctrica que se cita.
La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:
Segundo. La autorización Administrativa de Construcción se otorga de acuerdo con
lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes
requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los
organismos afectados.
2. El promotor queda obligado a comunicar a esta Delegación el inicio de las obras de
ejecución, y a finalizar la instalación y solicitar la autorización de explotación definitiva con
al menos un mes de antelación al cumplimiento del hito 5.º correspondiente al artículo 1.1
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, en su redacción actualizada
por las disposiciones legales de modificación del mismo, y durante el periodo de vigencia
de la Autorización Ambiental Unificada.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a
esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente
autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra, justificación de abono
de la tasa correspondiente, y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos
vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278026
Peticionario: Arena Power Solar 08, S.L.U., con CIF B90437302, con domicilio
a efecto de notificaciones en C/ Albert Einstein, s/n, Edificio Insur Cartuja, planta 5,
módulo 1. 41092 Sevilla.
Objeto de la petición: Autorización Administrativa Previa de la instalación denominada
planta fotovoltaica Campos de Granada III en el término municipal de Villa de Otura, en la
provincia de Granada.
Características: Se instalarán 8.736 módulos de 570 W para producir una potencia
pico total de 4,979 MWp, los cuales se distribuirán entre los 168 trackers que se instalarán
en la Planta Fotovoltaica agrupados en 336 strings de 26 módulos conectados en serie
cada uno. Instalación de 3 inversores de 1,605 MVA cada uno, siendo por lo tanto la
potencia total nominal a nivel de inversores a 40 ºC de 4,815 MVA, por lo que el ratio
CC/CA a 40 ºC es de 1,13. La potencia del conjunto de los inversores de la planta estará
limitada a 4,40 MW, que es la potencia máxima admisible en el punto de conexión, por lo
que el ratio CC/CA considerando la potencia limitada es de 1,03, Centro de transformación
tipo SKID 0,65/20 Kv 5,07 MVA 30 ºC, y red de media tensión 20 kV hasta el Centro de
Seccionamiento y Medida, la línea de evacuación hasta el punto de conexión es común a
la planta fovotoltaica Campos de Granada IV y se encuentra incluida en dicho expediente.
Presupuesto: 3.364.370,55 euros.
Finalidad: Producción de energía solar fotovoltaica.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Martes, 21 de febrero de 2023
página 2935/3
siendole por lo tanto para esta solicitud lo dispuesto en la disposición transitoria tercera
de la Ley 7/2021.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación
Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de
la Junta de Andalucía en Granada
RESU ELV E
Primero. Conceder la Autorización Administrativa Previa y de Construcción de la
instalación eléctrica que se cita.
La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:
Segundo. La autorización Administrativa de Construcción se otorga de acuerdo con
lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes
requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los
organismos afectados.
2. El promotor queda obligado a comunicar a esta Delegación el inicio de las obras de
ejecución, y a finalizar la instalación y solicitar la autorización de explotación definitiva con
al menos un mes de antelación al cumplimiento del hito 5.º correspondiente al artículo 1.1
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, en su redacción actualizada
por las disposiciones legales de modificación del mismo, y durante el periodo de vigencia
de la Autorización Ambiental Unificada.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a
esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente
autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra, justificación de abono
de la tasa correspondiente, y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos
vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278026
Peticionario: Arena Power Solar 08, S.L.U., con CIF B90437302, con domicilio
a efecto de notificaciones en C/ Albert Einstein, s/n, Edificio Insur Cartuja, planta 5,
módulo 1. 41092 Sevilla.
Objeto de la petición: Autorización Administrativa Previa de la instalación denominada
planta fotovoltaica Campos de Granada III en el término municipal de Villa de Otura, en la
provincia de Granada.
Características: Se instalarán 8.736 módulos de 570 W para producir una potencia
pico total de 4,979 MWp, los cuales se distribuirán entre los 168 trackers que se instalarán
en la Planta Fotovoltaica agrupados en 336 strings de 26 módulos conectados en serie
cada uno. Instalación de 3 inversores de 1,605 MVA cada uno, siendo por lo tanto la
potencia total nominal a nivel de inversores a 40 ºC de 4,815 MVA, por lo que el ratio
CC/CA a 40 ºC es de 1,13. La potencia del conjunto de los inversores de la planta estará
limitada a 4,40 MW, que es la potencia máxima admisible en el punto de conexión, por lo
que el ratio CC/CA considerando la potencia limitada es de 1,03, Centro de transformación
tipo SKID 0,65/20 Kv 5,07 MVA 30 ºC, y red de media tensión 20 kV hasta el Centro de
Seccionamiento y Medida, la línea de evacuación hasta el punto de conexión es común a
la planta fovotoltaica Campos de Granada IV y se encuentra incluida en dicho expediente.
Presupuesto: 3.364.370,55 euros.
Finalidad: Producción de energía solar fotovoltaica.