Autoridades y personal. . (2023/35-41)
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala Administrativa de esta Universidad por el sistema de promoción interna.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 35 - Martes, 21 de febrero de 2023

página 3275/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 15 de febrero de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que
se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala Administrativa de
esta Universidad por el sistema de promoción interna.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que
se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados
por Decreto 280/2003, de 7 de octubre; el Reglamento 25/2022 de ingreso, provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional del Personal de Administración y Servicios de
la Universidad de Córdoba (BOUCO, núm. 1033 de 31/10/2022), y con el fin de atender
las necesidades de Personal de la Administración General en la Universidad de Córdoba,
este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20
de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con su
artículo 2.2.e), y con los artículos 3.e), 48 y 140.12 de los Estatutos de esta Universidad,
ya citados, ha resuelto convocar procedimiento selectivo para el ingreso en la Escala
Administrativa de la Universidad de Córdoba, Grupo C, Subgrupo C1, por el sistema de
promoción interna, con sujeción a las siguientes:

1. Normas generales.
1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 23 plazas de personal funcionario de
carrera en la Escala Administrativa de la Universidad de Córdoba, Grupo C, Subgrupo
C1, por el sistema de promoción interna.
Del total de plazas convocadas se reservan 2 plazas para ser cubiertas entre
personas con discapacidad y grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33% y
que estén en posesión de los requisitos recogidos en la base 2 de la presente resolución.
La opción a estas plazas habrá de formularse en el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. En el supuesto de no ser cubiertas estas plazas, se acumularán
a las restantes plazas convocadas.
Las personas que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no
podrán participar por el turno de plazas del sistema general.
1.2. El presente procedimiento selectivo se regirá por lo previsto en estas bases y
anexos correspondientes y, en su defecto, por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la norma
anterior; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado; las Leyes de la Función Pública estatal y autonómica
y sus disposiciones de desarrollo; el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que
se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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BASES DE LA CONVOCATORIA