3. Otras disposiciones. . (2023/35-61)
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén, por la que se delimitan las áreas de influencia y limítrofes a efectos de escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Martes, 21 de febrero de 2023
página 3349/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Jaén, por la que se delimitan las áreas de influencia y limítrofes a efectos
de escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados
que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación
primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero,
por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en
los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de
segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación
secundaria obligatoria y bachillerato (BOJA núm. 34, de 19 de febrero), modificado por
Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero (BOJA extraordinario núm. 14, de 5 de febrero), esta
Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial,
HA RESUELTO
Primero. Delimitar las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que
imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación
Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, que
quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde la
publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la
finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se
refiere el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero.
Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta resolución
estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a
partir de la publicación de la misma, en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el
apartado 2 del artículo 9 del Decreto 21/2020 antes citado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición
del recurso potestativo de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de
un mes a contar desde su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
00278410
Jaén, 14 de febrero de 2023.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 35 - Martes, 21 de febrero de 2023
página 3349/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Jaén, por la que se delimitan las áreas de influencia y limítrofes a efectos
de escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados
que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación
primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero,
por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en
los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de
segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación
secundaria obligatoria y bachillerato (BOJA núm. 34, de 19 de febrero), modificado por
Decreto-ley 2/2021, de 2 de febrero (BOJA extraordinario núm. 14, de 5 de febrero), esta
Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial,
HA RESUELTO
Primero. Delimitar las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que
imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación
Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, que
quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde la
publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la
finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se
refiere el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero.
Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta resolución
estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a
partir de la publicación de la misma, en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el
apartado 2 del artículo 9 del Decreto 21/2020 antes citado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición
del recurso potestativo de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de
un mes a contar desde su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
00278410
Jaén, 14 de febrero de 2023.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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