3. Otras disposiciones. . (2023/33-49)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Huelva, por la que se otorga Autorización Administrativa Previa y Construcción de la Instalación Eléctrica correspondiente al proyecto que se cita, en el término municipal de La Palma del Condado (Huelva). (PP. 594/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 2303/5
reglamentaria y solicitará la autorización de explotación, en los términos del artículo 132
del Real Decreto 1955/2000 y el artículo 53 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.
- La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier
momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En
tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación
de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se
derive, según las disposiciones legales vigentes.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Política Industrial y Energía
de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su
notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
00277389
Huelva, 25 de enero de 2023.- La Secretaría General de Energía, P.D. (Resolución de
11.3.22, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), la Delegada, Lucía Núñez Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 2303/5
reglamentaria y solicitará la autorización de explotación, en los términos del artículo 132
del Real Decreto 1955/2000 y el artículo 53 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.
- La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier
momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En
tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación
de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se
derive, según las disposiciones legales vigentes.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Política Industrial y Energía
de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su
notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
00277389
Huelva, 25 de enero de 2023.- La Secretaría General de Energía, P.D. (Resolución de
11.3.22, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), la Delegada, Lucía Núñez Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja