3. Otras disposiciones. . (2023/33-47)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de Hidralia, Gestión Integral de Aguas de Andalucía, S.A., para el municipio de Adra (Almería). (PP. 417/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 1658/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de
Hidralia, Gestión Integral de Aguas de Andalucía, S.A., para el municipio de
Adra (Almería). (PP. 417/2023).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable de Hidralia, Gestión
Integral de Aguas de Andalucía, S.A., de las tarifas para el abastecimiento de agua potable
del municipio de Adra que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas.
A) El ámbito de aplicación es el Municipio de Adra.
B) Tarifas (IVA excluido):
1. La cuantía de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por
prestación del servicio de suministro de agua potable será la establecida en las tarifas
contenidas en los apartados siguientes.
2. Se establece una cuota fija de servicio para uso doméstico de 9,06 euros al trimestre
por cada recibo girado al abonado (pensionista bonificado 50%: 4,53 euros/trimestre).
3. Se establece una cuota fija del servicio de uso comercial e industrial y otros usos
de 12,83 euros al trimestre por cada recibo girado al abonado.
4. La cuota variable o de consumo será la cantidad de agua medida en metros
cúbicos por el contador, fijándose las siguientes tarifas progresivas, entendiéndose que
los consumos se cobrarán al precio de cada bloque.
4.1. Consumo doméstico (IVA excluido).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
0,5846 euros
0,1754 euros/m³
0,8430 euros
0,2529 euros/m³
1,2348 euros
0,3704 euros/m³
0,3704 euros/m³
1,8956 euros
0,5687 euros/m³
0,5687 euros/m³
1,1374 euros/m³
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276750
Bloque I
Los consumos comprendidos entre 0 m³ y 6 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Bloque II
Los consumos comprendidos entre 7 m³ y 30 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Bloque III
Los consumos comprendidos entre 31 m³ y 54 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Familia numerosa, bonificación 70%
Bloque IV
Los consumos superiores a 54 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Familia numerosa, bonificación 70%
Tarifa fuga, bonificación 40%
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 1658/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de
Hidralia, Gestión Integral de Aguas de Andalucía, S.A., para el municipio de
Adra (Almería). (PP. 417/2023).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable de Hidralia, Gestión
Integral de Aguas de Andalucía, S.A., de las tarifas para el abastecimiento de agua potable
del municipio de Adra que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas.
A) El ámbito de aplicación es el Municipio de Adra.
B) Tarifas (IVA excluido):
1. La cuantía de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por
prestación del servicio de suministro de agua potable será la establecida en las tarifas
contenidas en los apartados siguientes.
2. Se establece una cuota fija de servicio para uso doméstico de 9,06 euros al trimestre
por cada recibo girado al abonado (pensionista bonificado 50%: 4,53 euros/trimestre).
3. Se establece una cuota fija del servicio de uso comercial e industrial y otros usos
de 12,83 euros al trimestre por cada recibo girado al abonado.
4. La cuota variable o de consumo será la cantidad de agua medida en metros
cúbicos por el contador, fijándose las siguientes tarifas progresivas, entendiéndose que
los consumos se cobrarán al precio de cada bloque.
4.1. Consumo doméstico (IVA excluido).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
0,5846 euros
0,1754 euros/m³
0,8430 euros
0,2529 euros/m³
1,2348 euros
0,3704 euros/m³
0,3704 euros/m³
1,8956 euros
0,5687 euros/m³
0,5687 euros/m³
1,1374 euros/m³
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276750
Bloque I
Los consumos comprendidos entre 0 m³ y 6 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Bloque II
Los consumos comprendidos entre 7 m³ y 30 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Bloque III
Los consumos comprendidos entre 31 m³ y 54 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Familia numerosa, bonificación 70%
Bloque IV
Los consumos superiores a 54 m³ al trimestre se facturarán a
Abonado pensionista, bonificación 70%
Familia numerosa, bonificación 70%
Tarifa fuga, bonificación 40%