3. Otras disposiciones. . (2023/33-47)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable de Hidralia, Gestión Integral de Aguas de Andalucía, S.A., para el municipio de Adra (Almería). (PP. 417/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 1658/2
4.2. Consumo industrial, comercial y otros usos (IVA excluido).
Bloque único
Los consumos se facturarán a un precio único el m3 de
0,9047 euros
4.3. Suministros para otros usuarios:
A las altas esporádicas para obras se les aplicarán las tarifas de consumos
industriales.
5. Cuota de contratación y reconexión:
Cc = (3,61 x d) – (27,05 x (2-p/t))
P = 0,50 euros (uso doméstico).
P = 0,71 euros (uso comercial e industrial).
T = 0,19 euros.
Será la siguiente en función del diámetro de contador:
Calibre contador
Hasta 13-15 mm
Hasta 20 mm
Hasta 25 mm
Hasta 30 mm
Hasta 40 mm
Hasta 50 mm
Hasta 65 mm
Hasta 80 mm
Cuota uso doméstico
63,36 euros
88,63 euros
106,68 euros
124.73 euros
160,83 euros
196,93 euros
251,08 euros
305,23 euros
Cuota uso comercial
94,26 euros
119,53 euros
137,58 euros
155,62 euros
191,72 euros
227,82 euros
281,97 euros
336,12 euros
6. Derechos de acometida.
La cuota única a satisfacer por este concepto tendrá estructura binómica, según la
expresión
C = Axd+Bxq
Siendo los valores del
parámetro A = 11,46 € y del
parámetro B = 126,31 €
En la que:
«d» Es el diámetro nominal en milímetros de la acometida que corresponda ejecutar
en virtud del caudal total instalado o que corresponda instalar en el inmueble, local o
finca para el que se solicita.
«q» Es el caudal total instalado o a instalar, en litros/segundo en el inmueble, local o
finca para el que se solicita acometida.
Los derechos de acometida, serán abonados por una sola vez, y una vez satisfechos,
quedarán afectos a cada una de las instalaciones, viviendas, locales, etc. para los que se
abonaron, aun cuando cambie el propietario o usuario de la misma.
Fianzas.
Para atender el pago de cualquier descubierto por parte del abonado este estará
obligado a depositar en la empresa concesionaria un importe equivalente al 50 por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276750
C) Periodicidad: Trimestral.
BOJA
Número 33 - Viernes, 17 de febrero de 2023
página 1658/2
4.2. Consumo industrial, comercial y otros usos (IVA excluido).
Bloque único
Los consumos se facturarán a un precio único el m3 de
0,9047 euros
4.3. Suministros para otros usuarios:
A las altas esporádicas para obras se les aplicarán las tarifas de consumos
industriales.
5. Cuota de contratación y reconexión:
Cc = (3,61 x d) – (27,05 x (2-p/t))
P = 0,50 euros (uso doméstico).
P = 0,71 euros (uso comercial e industrial).
T = 0,19 euros.
Será la siguiente en función del diámetro de contador:
Calibre contador
Hasta 13-15 mm
Hasta 20 mm
Hasta 25 mm
Hasta 30 mm
Hasta 40 mm
Hasta 50 mm
Hasta 65 mm
Hasta 80 mm
Cuota uso doméstico
63,36 euros
88,63 euros
106,68 euros
124.73 euros
160,83 euros
196,93 euros
251,08 euros
305,23 euros
Cuota uso comercial
94,26 euros
119,53 euros
137,58 euros
155,62 euros
191,72 euros
227,82 euros
281,97 euros
336,12 euros
6. Derechos de acometida.
La cuota única a satisfacer por este concepto tendrá estructura binómica, según la
expresión
C = Axd+Bxq
Siendo los valores del
parámetro A = 11,46 € y del
parámetro B = 126,31 €
En la que:
«d» Es el diámetro nominal en milímetros de la acometida que corresponda ejecutar
en virtud del caudal total instalado o que corresponda instalar en el inmueble, local o
finca para el que se solicita.
«q» Es el caudal total instalado o a instalar, en litros/segundo en el inmueble, local o
finca para el que se solicita acometida.
Los derechos de acometida, serán abonados por una sola vez, y una vez satisfechos,
quedarán afectos a cada una de las instalaciones, viviendas, locales, etc. para los que se
abonaron, aun cuando cambie el propietario o usuario de la misma.
Fianzas.
Para atender el pago de cualquier descubierto por parte del abonado este estará
obligado a depositar en la empresa concesionaria un importe equivalente al 50 por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276750
C) Periodicidad: Trimestral.